Orden 7/2004, de 24 de agosto, de la Consejería de Presidencia y Acción Exterior por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones a entidades locales, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro de La Rioja, que presenten proyectos de actividades de difusión e información sobre las instituciones y políticas de la Unión ...

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Presidencia y Accion Exterior
Rango de LeyOrden

La Dirección General de Acción Exterior de la Consejería de Presidencia y Acción Exterior de la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene competencia para difundir entre los ciudadanos riojanos los programas y las actividades de la Unión Europea en virtud del artículo 4.1.3. apartados a), h), i) y k) del Decreto 37/2003, de 15 de julio, de atribución de competencias administrativas en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Las Corporaciones locales y las asociaciones y fundaciones juegan un papel fundamental en el acercamiento de los ciudadanos a las políticas e instituciones de la Unión Europea. Por este motivo, se establece una línea de subvenciones dirigida a apoyar las actividades planteadas desde las entidades locales y asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro que quieran abordar aspectos relevantes de las Instituciones Europeas y sus políticas, para acercar el debate y el conocimiento de éstas a la realidad riojana y a sus ciudadanos.

El carácter horizontal de la Dirección General de Acción Exterior como coordinadora de las diferentes Políticas y Programas Europeos en el Gobierno de La Rioja hace de este órgano el lugar idóneo como punto de partida de la difusión y creación de opinión en La Rioja sobre las cuestiones europeas, cada vez más cercanas a la ciudadanía y al nivel local, una tarea que impulsa la citada Dirección General pero que debe contar con la mayor participación posible de los actores locales.

Las disposiciones sobre el régimen de subvenciones y ayudas de esta Orden tienen su fundamento en el Decreto 12/1992 de 2 de abril, de normas reguladoras del procedimiento de concesión y gestión de subvenciones y ayudas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y demás normativa vigente en materia de subvenciones.

Ante la cantidad de peticiones que no han podido ser atendidas dentro de la Orden 4/2004, de 5 de abril, por la que se regulaba la concesión de ayudas y con el fin de regular la concesión de subvenciones que permitan el logro de estos fines, el Consejero de Presidencia y Acción Exterior en uso de las atribuciones conferidas:

Dispone

Artículo 1 Objeto de la Orden.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases para la concesión de subvenciones a las entidades locales, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro de La Rioja, para realizar actividades de difusión e información sobre Políticas e instituciones de la Unión Europea.

La concesión de las subvenciones establecidas en esta Orden está condicionada a la existencia de crédito suficiente y adecuado en los presupuestos de gastos del año en el que se realice la convocatoria.

Artículo 2 Beneficiarios y gastos subvencionables.
  1. - Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta Orden:

    1. Los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    2. Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de La Rioja inscritas en el correspondiente registro.

  2. - Las subvenciones se destinarán exclusivamente a los gastos corrientes que ocasione la realización de las actividades, sin que pueda en ningún caso financiarse con ellas la adquisición de bienes inventariables.

    No se incluirá dentro de los gastos a cubrir por la subvención:

  3. La compra y/o alquiler de equipos...

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