Orden 11/2004, de 23 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de plazas de Tutor-Residente de la Residencia Universitaria de La Rioja

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

El Decreto 37/2003 de 15 de julio atribuye, en su artículo 4.5.3.x, a la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, "la dirección y gestión de las Residencias Universitarias dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja", y el artículo 4 del Decreto 32/2003 de la misma fecha, adscribe al Servicio de Universidades e Investigación la Residencia Universitaria de La Rioja, enfatizando así la vocación universitaria del Centro.

La convocatoria de estas plazas de Tutor-Residente reside en la convicción de que, además de contar con antecedentes de similares características en todos los ámbitos educativos, las plazas convocadas permitirán, por una parte, proveer los medios para el desempeño de funciones cuasi-profesionales a los estudiantes que las consigan y, por otra, su intervención en la Residencia colaborando con la dirección. Todo esto puede constituir un adecuado nexo entre los residentes y la Dirección del Centro, facilitando con ello una mayor fluidez en sus relaciones y, en definitiva, un mejor funcionamiento de la Residencia Universitaria.

Al objeto de coadyuvar a un mejor funcionamiento del centro mediante el apoyo a la Dirección del mismo en las labores de tutoría y vigilancia, colaborando en tareas de coordinación y asistencia en la organización y desarrollo de actividades de carácter docente y formativo dirigidas a los residentes, en el año 1993 se creó la figura del Tutor-Residente y desde el Curso Académico 1993/1994 han venido convocándose anualmente dos plazas, mediante Orden de la Consejería competente, mantiene la gratuidad de la residencia como forma de contraprestación para aquellas personas que obtengan el reconocimiento de Tutor-Residente, de conformidad con lo establecido mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de agosto de 1993 y en cumplimiento de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Por su parte, el artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, establece que, con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos establecidos en dicha Ley, y el citado Decreto 37/2003 de 15 de julio, en su artículo 1, atribuye al titular de cada Consejería la convocatoria y el otorgamiento de ayudas y subvenciones.

Por todo ello, esta Consejería, a propuesta del Director General de Educación, previos los informes preceptivos y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,

Dispone

Art. 1 Objeto de la subvención.
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento de concesión de plazas de Tutor-Residente en la Residencia Universitaria de La Rioja.

  2. El número de plazas que se convocan para cada año se determinará en la resolución anual de convocatoria .

Art. 2 Requisitos de los beneficiarios.
  1. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Estar matriculado en la Universidad de La Rioja, en el curso académico al que se refiera la correspondiente convocatoria, en estudios que conduzcan a la obtención de una diplomatura o licenciatura universitaria o en estudios de tercer ciclo.

    2. Haber superado un mínimo del 60 por ciento de los créditos de la diplomatura o licenciatura que se encuentren cursando, o estar en posesión del título de licenciado o diplomado, para los alumnos que cursen estudios de tercer grado.

    3. Haber sido residente al menos dos cursos académicos en la Residencia Universitaria de La Rioja

    4. No haber tenido la condición de tutor-residente más de tres cursos completos en la Residencia Universitaria de La Rioja.

    5. No tener vínculo laboral con entidades públicas o privadas.

  2. Los requisitos establecidos en el apartado anterior deberán quedar suficientemente acreditados ante la Comisión de Evaluación.

Art. 3 Forma, plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
  1. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial que se aprobará en la Resolución de la convocatoria anual.

  2. Los impresos de solicitud se encontrarán a disposición de los interesados en la Residencia Universitaria, sita en la calle Caballero de La Rosa, nº 38, de Logroño, así como en el...

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