Orden 6/2006, de 25 de mayo, de la Consejería de Salud por la que se modifica la Orden 8/2003, de 18 de diciembre, por la que se regula la Comisión Técnica de las Enfermedades Prevenibles por Inmunización

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Salud
Rango de LeyOrden

La Orden 8/2003 de 18 de diciembre de la Consejería de Salud por la que se regula la Comisión Técnica de las Enfermedades Prevenibles por Inmunización, establece en el Artículo 3 qué miembros la integran y en el Artículo 4 qué funciones se asignan a la misma.

En el tiempo transcurrido desde entonces, han acontecido una serie de hechos que requieren redefinir tanto la composición de la citada Comisión, como las funciones a desarrollar por la misma.

En primer lugar, las modificaciones habidas en la estructura de la Consejería de Salud y que han originado una redistribución de responsabilidades en las Unidades de la Dirección General de Salud Publica y del Servicio Riojano de Salud (SERIS), hacen necesario determinar nuevamente los miembros que deben formar parte de la Comisión Técnica.

En segundo lugar, las consecuencias que están originando los cambios sociales y demográficos respecto a la aparición de enfermedades emergentes o reemergentes que requieren la adecuación de las políticas o planes de vacunaciones y el desarrollo de estrategias destinadas a reducir su impacto.

Por otra parte los avances científicos técnicos y los nuevos conocimientos en el campo de la vacunología, la disponibilidad de nuevos productos inmunobiológicos, la situación epidemiológica derivada de los logros obtenidos con los planes de erradicación y/o eliminación de algunas enfermedades y la reaparición de procesos infecciosos en grupos especialmente vulnerables, aconsejan asignar a las funciones ya existentes de la Comisión Técnica, unas nuevas que abarquen otros campos de actuación y desarrollo.

En consideración a lo expuesto y a propuesta de la Dirección General de Salud Pública, previos los informes favorables de la Secretaría General Técnica y la Dirección General de los Servicios Jurídicos, apruebo la siguiente:

Orden

Artículo único Modificación...

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