Orden 86/2007, de 8 de mayo, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes de la Escala de Inspectores de Finanzas del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial. (F.12/07)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyOrden

De conformidad con la Disposición Adicional Segunda y Final Primera del Decreto 5/2007, de 16 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2007 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.2.h) de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Inspectores de Finanzas del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial. (F.12/07)

Bases de la convocatoria

Base 1.- Normas Generales.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas vacantes de la Escala de Inspectores de Finanzas del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial, pertenecientes al Grupo A de funcionarios.

1.2.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Decreto 5/2007, de 16 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2007, el Acuerdo para el personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2004-2007 y las Bases de esta Orden de convocatoria.

1.3 - El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.

1.4.- La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.- Los aspirantes deberán contestar por escrito a un cuestionario de 20 preguntas propuesto por el Tribunal que versará sobre el temario de Derecho y Economía. La valoración de este ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres horas y treinta minutos.

El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

Iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

El Tribunal valorará, preferentemente, el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, la claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita.

Segundo ejercicio.- Consistirá en la resolución de dos casos prácticos propuestos por el Tribunal que versarán sobre:

  1. - Contabilidad General y Contabilidad Superior.

  2. - Matemáticas Financieras y Estadística.

Los aspirantes deberán contestar obligatoriamente a ambos casos, siendo el tiempo máximo para la realización del ejercicio de cinco horas. La valoración de este ejercicio será de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

Iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

El Tribunal valorará, preferentemente, el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, la claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita.

Tercer ejercicio.- Constará de dos partes que se realizarán en sesiones diferentes, teniendo ambas partes carácter eliminatorio.

La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico profesional que implicará la formulación de observaciones, opinión o dictamen referido al caso, en relación a aspectos jurídicos y/o contables, relativos al temario de la oposición, posibles riesgos de carácter tributario y consistencia o congruencia de la información ofrecida, pudiéndose incluir la realización de liquidaciones tributarias.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de cuatro horas.

La segunda parte consistirá en la realización por escrito de un caso práctico que versará sobreel Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad Pública.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de cuatro horas.

La valoración de este ejercicio será de 0 a 40 puntos, calificándose de 0 a 20 puntos cada una de las partes, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada una de las partes para acceder al ejercicio siguiente.

Ambas partes del ejercicio serán leídas públicamente ante el Tribunal por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

Iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante se retire por estimar que su actuación es notoriamente insuficiente.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante un plazo máximo de quince minutos.

Cuarto ejercicio.- De carácter obligatorio y no siendo eliminatorio: consistirá en la traducción directa, sin diccionario, de un texto propuesto por el Tribunal, sobre uno de los siguientes idiomas:

. Inglés.

. Francés.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos.

El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, previo señalamiento de fecha, hora y lugar. Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.

La valoración de este ejercicio será de 0 a 2,5 puntos.

Quinto ejercicio.- Constará de dos partes que se realizarán en sesiones diferentes.

La primera parte consistirá en contestar por escrito quince preguntas propuestas por el Tribunal Calificador que versarán sobre las materias de Derecho Constitucional, Administrativo y Comunitario, Gerencia y Hacienda Pública, Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad Pública, y, Derecho Tributario.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de cinco horas.

El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

Iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

El Tribunal valorará, preferentemente, el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, la claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita.

La segunda parte consistirá en la exposición oral ante el Tribunal, y por el orden en que figuran en el programa, durante un tiempo máximo de una hora, de cuatro temas extraídos al azar en el momento del examen.

El primero de los temas se corresponderá con el apartado de Derecho Constitucional, Administrativo y Comunitario, el segundo con el de Gerencia y Hacienda Pública, el tercero con la primera parte de Derecho Financiero: Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad Pública, y el cuarto con la segunda parte de Derecho Financiero: Derecho Tributario.

Con carácter previo a la exposición, y después de la extracción de los temas, y con un tiempo máximo de diez minutos el aspirante podrá elaborar, si así lo determina el Tribunal Calificador, y en presencia del mismo, un guión que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el Programa de la oposición.

Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Concluida la exposición oral, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante un tiempo máximo de diez minutos.

El Tribunal para la valoración de esta parte del ejercicio tendrá en cuenta, preferentemente, el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la sistemática, así como las conclusiones expuestas y la claridad de ideas.

La valoración de este ejercicio será de 0 a 70 puntos. Se calificará de 0 a 30 puntos la primera pare del ejercicio y de 0 a 40 la segunda parte, siendo necesario obtener un mínimo de 15 y 20 puntos respectivamente para superar el ejercicio. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo, primero y cuarto ejercicio en este orden. De seguir existiendo un empate se seguirá el orden alfabético de su primer apellido, comenzando por la letra "M", resultante del sorteo al que se refiere la Base 6.5 de esta convocatoria.

Este ejercicio no podrá ser superado por un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

En los ejercicios las puntuaciones que se señalan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos...

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