Orden 2/2010, de 12 de abril, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen las bases reguladoras de las becas del programa 'Volver a las Raíces' destinadas a riojanos y descendientes de riojanos residentes fuera de España para la realización de prácticas en empresas e instituciones riojanas

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

La Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior en su artículo 8, referido a las prestaciones a favor de las personas físicas miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior, señala en su apartado primero que para hacer partícipes a los miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior de la realidad de La Rioja, el Gobierno de La Rioja en el marco de sus competencias, promoverá intercambios de tipo educativo, cultural y económico, dirigidos a los miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior, en especial a los más jóvenes y a las personas de la tercera edad, mediante la adopción de programas específicos como viajes culturales, becas de estudios, colonias de vacaciones y estancias de conocimiento o regreso temporal a La Rioja.

Desde que en 1999 el Gobierno de La Rioja pusiera en marcha el Programa "Volver a las Raíces" éste se ha convertido en uno de los elementos de referencia obligada para la Comunidad Riojana residente en el Exterior. El programa nació como una apuesta por conectar a las generaciones de descendientes de riojanos con la tierra de sus mayores, pero ha logrado destacados objetivos en otros ámbitos.

El Programa "Volver a las Raíces" ha sido un importante aliciente para la participación de los jóvenes en los Centros Riojanos ya existentes e incluso para la puesta en marcha de otros nuevos. Los participantes en el Programa han aportado nuevas ideas a los Centros Riojanos, han establecido grupos y redes sociales que les permiten poner en marcha iniciativas lúdicas, culturales o solidarias.

Los participantes han adquirido una valiosa experiencia profesional que no sólo es clave para su itinerario vital sino que suma un importante valor añadido en el desarrollo de sus países. Gracias al Programa se han establecido redes personales, familiares y comerciales que han revitalizado las relaciones entre La Rioja y las sociedades de residencia de los becarios.

Las nuevas tecnologías han posibilitado la creación de una red de riojanos en Internet que permite abordar nuevas iniciativas sin límites espaciales. Jóvenes riojanos de todo el mundo comparten inquietudes y trabajan en la consecución de nuevos proyectos.

Todos estos logros, los avances tecnológicos y las nuevas inquietudes de los jóvenes a los que van dirigidas estas becas han hecho necesario replantear la iniciativa, manteniendo su espíritu inicial pero aprovechando las nuevas pasibilidades que ofrecen las tecnologías de la información y mejorando la formación previa de los participantes con el objetivo de optimizar su experiencia en La Rioja.

Por todo ello, el Consejero de Presidencia en uso de las atribuciones conferidas:

Dispone

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del "Programa Volver a las Raíces" para la concesión de becas a riojanos y descendientes de riojanos residentes fuera de España para la realización de prácticas en empresas e instituciones riojanas.

Artículo 2 Beneficiarios.

Pueden acogerse a estas becas los estudiantes y titulados recientes, riojanos y descendientes de riojanos, residentes fuera de España que deseen adquirir experiencia profesional en instituciones y empresas riojanas y que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 3 de la presente Orden.

Artículo 3 Requisitos

Los solicitantes de estas becas deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

  1. Ser riojano o descendiente de riojanos. A tal efecto tendrán esta consideración los nacidosen La Rioja así como los que, conservando la nacionalidad española, hayan tenido su última vecindad administrativa en La Rioja, y sus descendientes.

    b)Tener 18 años cumplidos y menos de 30.

  2. Residir fuera de España.

  3. Haber finalizado dentro de los tres últimos años estudios oficiales de Licenciatura, Diplomatura, Arquitectura, Ingeniería, Formación Profesional o equivalentes en sus respectivos países, o hallarse cursando el último curso de los mismos, extremo que deberá ser acreditado con títulos oficiales, certificados de notas y programas de estudio.

  4. Estar en condiciones de incorporarse en las empresas e instituciones seleccionadas a partir del mes de enero del año inmediatamente posterior a la presentación de la solicitud, por un período de aproximado de 2 meses.

  5. No haber sido beneficiario en ediciones anteriores del programa "Volver a las Raíces".

Artículo 4 Cuantía económica de las becas.

La cuantía máxima de las becas es 5.000 euros. Estas becas están sujetas al Impuesto sobre la renta de no residentes, por lo que se regularán por el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y a su Reglamento, sin perjuicio de lo dispuesto en los convenios suscritos por España para evitar la doble imposición internacional sobre la renta.

La dotación económica de la beca será destinada por los beneficiarios a sufragar los gastos de viaje, alojamiento y manutención durante su estancia en La Rioja, cuya gestión correrá a cargo del Gobierno de La Rioja.

Las ayudas previstas en la presente orden son compatibles con aquellas otras que, teniendo el mismo fin pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. En el supuesto de producirse, se reducirá el importe de la subvención hasta el límite máximo que corresponda.

Artículo 5 Convocatoria y presentación de solicitudes.
  1. La Convocatoria para conceder las subvenciones reguladas en la presente orden de bases, se realizará mediante resolución del Consejero competente en materia de Acción Exterior, la cual se sujetará a estas bases y se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja.

  2. La resolución de convocatoria incluirá la composición y correspondiente nombramiento del Comité de Valoración de las solicitudes, que estará integrada por representantes de la Consejería competente en materia de Acción Exterior.

  3. La solicitud, que se adjunta como Anexo I, podrá obtenerse en los Centros Riojanos, en el Servicio de Atención al Ciudadano del Gobierno...

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