Decreto 6/2007, de 16 de febrero, por el que se regula el transporte público de viajeros en vehículos de turismo auto-taxi, desde el aeropuerto de Logroño-Agoncillo

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Vivienda, Obras puBlicas y Transportes
Rango de LeyDecreto

El Aeropuerto de Logroño-Agoncillo, es un punto específico de generación de transporte interurbano de viajeros que afecta a varios municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Para este punto de interacción e influencia recíproca de servicio de transporte público de viajeros en vehículos de turismos auto-taxi, se pretende ordenar y regular la prestación de dicho servicio a desarrollar por los referidos automóviles de turismo, a los que se habilita para servicios, tanto urbanos como interurbanos, cuya iniciación se realice dentro del espacio geográfico del Aeropuerto de Logroño.

El artículo 28 de la Ley 8/2005, de 30 de junio, reguladora del Transporte Urbano por Carretera de La Rioja establece la posibilidad de que cuando existan puntos específicos, tales como aeropuertos, en los que se genere un tráfico importante que afecte a varios municipios, de los que se deriven necesidades de transporte que no se encuentren suficientemente atendidas por personas titulares de autorizaciones y licencias correspondientes al municipio en que dichos puntos estén situados, o se den otras circunstancias de carácter económico o social que así lo aconsejen, la Administración Autonómica, previo informe del Ayuntamiento donde se encuentren situados estos puntos específicos, podrá establecer un régimen especial que incluya la posibilidad de que vehículos con licencia o residencia en otros municipios, realicen servicios con origen en los referidos puntos de generación de tráfico.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en la citada normativa legal y conforme con el Consejo Consultivo de La Rioja, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 16 de febrero de 2007, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo 1 Objeto.

Es objeto del presente Decreto la regulación del servicio de Transporte Público de Viajeros en vehículos de turismo auto-taxi desde el aeropuerto de Logroño-Agoncillo, al ser éste un punto específico de generación de transporte interurbano de viajeros por carretera, que afecta, fundamentalmente, a los Municipios de Logroño y Agoncillo (La Rioja).

Artículo 2 Prestación del servicio.
  1. El servicio de transporte de...

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