Orden 171/2007, de 21 de diciembre, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local por la que se prorroga la Orden 95/2006, de 7 de julio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local por la que se convoca la concesión de ayudas a la subsidiación de intereses de préstamos concedidos al personal funcionario,...

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyOrden

El Decreto 30/1992, de 26 de junio, modificado parcialmente por los Decretos 57/2000, de 15 de diciembre, 54/2002, de 25 de octubre y 124/2003, de 5 de diciembre, regula las condiciones y requisitos para la concesión y abono de préstamos reintegrables al personal. La Disposición Final Primera del citado Decreto 30/1992, de 26 de junio, faculta a la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local a dictar las órdenes y resoluciones pertinentes para su desarrollo.

En desarrollo del referido Decreto, se procedió a dictar la Orden 95/2006, de 7 de julio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local por la que se convoca la concesión de ayudas a la subsidiación de intereses de préstamos concedidos al personal funcionario, laboral y estatutario de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que fue prorrogada por Orden 151/2006, de 28 de diciembre.

Para hacer efectivo el cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 del Acuerdo y del Convenio Colectivo, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos autónomos para el período 2004/2007, y en el artículo 46 del Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud para el periodo 2006/2008, que hacen referencia al conjunto de medidas y actuaciones encaminadas al bienestar social de los empleados públicos al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, dentro del marco del Plan Integral de Acción Social, se ha procedido a negociar con los órganos de representación legitimados, el conjunto de actuaciones y medidas encaminadas a la consecución de dicha finalidad.

Considerando la conveniencia de mantener la regulación de las ayudas a la subsidiación de intereses de préstamos para el año 2008, en las mismas condiciones que las que figuran en la Orden 95/2006, y en virtud de las competencias que le han sido conferidas a esta Consejería, dispongo:

Artículo Único Prórroga de la Orden nº 95/2006.

Se prorroga la Orden nº 95/2006, de 7 de julio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se convoca la concesión de ayudas a la subsidiación de intereses de...

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