Resolución de 4 de agosto de 2010, del Presidente del Servicio Riojano de Empleo, de aprobación del gasto, y convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la colaboración con los órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, universidades e instituciones sin animo de lucro con sede en La Rioja, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, para el año 2010 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden nº 43/2009, de 15 de octubre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorServicio Riojano de Empleo
Rango de LeyResolución

Mediante Orden 43/2009, de 15 de octubre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los órganos de la Administración General de Estado y sus Organismos Autónomos, universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

El artículo 6 de la citada Orden establece que el procedimiento de concesión de las citadas subvenciones se iniciará de oficio mediante resolución de convocatoria dictada por el Presidente del Servicio Riojano de Empleo y publicada en el Boletín Oficial de La Rioja.

En atención a lo expuesto, el Presidente del Servicio Riojano de Empleo ha dictado la siguiente

Resolución

Primero.- Aprobar el gasto de trescientos noventa y un mil ciento cuarenta y siete euros (391.147.00euros), para hacer frente a la convocatoria de subvenciones en el ámbito de la colaboración con los órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, órganos de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos y entidades dependientes, universidades e instituciones sin animo de lucro con sede en La Rioja, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, para el año 2010 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden nº 43/2009, de 15 de octubre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas por el importe y con cargo a cada una de las partidas del Presupuesto de Gastos del Servicio Riojano de Empleo para el ejercicio 2010 que se detallan a continuación:

Partida presupuestaria Descripción Crédito 1601.3221.420.00 Fomento del Empleo 5.000,00 euros 1601.3221.449.01 Contratación temporal de desempleados 128.000,00 euros 1601.3221.480.01 Contratación temporal de desempleados 258.147,00 euros

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 tercero del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en la Comunidad Autónoma de La Rioja, la presente distribución tiene carácter estimado, procediéndose a la distribución concreta en la resolución de concesión.

Segundo.- Autorizar la expedición de la documentación contable necesaria.

Tercero.- Aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la colaboración con los órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, órganos de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos y entidades dependientes, universidades e instituciones sin animo de lucro con sede en La Rioja, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, para el año 2010 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden nº 43/2009, de 15 de octubre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas (BOR nº 129 de 19 de octubre de 2009).

Se consideran preferentes, a efectos de la aprobación posterior de las obras o servicios de interés general y social, aquellas que se detallan en el anexo II de la presente convocatoria.

Cuarto.- Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria, los órganos de la Administración del Estado y sus Organismos Autónomos, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro con sede en La Rioja, previstos en el artículo 4 de la Orden 43/2009, de 15 de octubre, de la Consejería de...

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