Comunicación sobre responsabilidad empresarial de prestaciones: Dirección Provincial por Desempleo (2)
Sección | III. Otras disposiciones y actos |
Emisor | Direccion Provincial del Instituto Nacional de Empleo en la Rioja |
De conformidad con el Art. 59,4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para conocimiento de la empresa José Antonio Azpitarte Díaz, y a efectos de su notificación, al no haber podido hacerlo en el domicilio que consta en nuestros archivos:
Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de la mencionada empresa de sus obligaciones respecto al trabajador Dª Mª Victoria Balluguera Berrozpe, en cuanto a que existe descubierto absoluto en la cotización por la contingencia de desempleo durante el período de 19-09-00 a 01-03-02.
Ello supone una responsabilidad de dicha empresa de 3.389,40 euros, derivada del reconocimiento de una prestación por desempleo al referido trabajador en la cuantía del 2.677,40 euros, correspondientes al periodo de 2-03-02 a 01-03-04.
La exigencia de responsabilidad se efectúa de acuerdo con el Art. 220 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1/94, de 20 de junio (B.O.E. Núm. 154, de 29/06/94).
Si esta de acuerdo con la presente notificación podrá ingresar la cantidad citada en la cuenta corriente de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social nº 2038 4300 58 6000088919 de Caja de Madrid, comunicando tal ingreso a la Dirección Provincial del I.N.E.M. de La Rioja, mediante el correspondiente justificante de la Caja de Madrid.
De no estar de acuerdo disponen, conforme a lo establecido en la letra b) del nº 1 del Art. 32 del Real Decreto 625/85, de 2 de abril (B.O.E. nº 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estimen pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente Resolución.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y en la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de...
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