Resolución de 7 de abril de 2015, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, por la que se modifica y actualiza el Anexo I del Decreto 18/2011, de 11 de marzo, por el que se regula el sistema de acceso al servicio público de atención residencial y el servicio público de estancias temporales residenciales para personas mayores grandes dependientes y dependientes severos del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia.
Sección | III. Otras disposiciones y actos |
Emisor | Consejeria de Salud y Servicios Sociales |
Rango de Ley | Resolución |
Antecedentes de hecho
Primero: Con fecha de 18 de marzo de 2011, se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de La Rioja el Decreto 18/2011, de 11 de marzo, por el que se regula el sistema de acceso al servicio público de atención residencial y al servicio público de estancias temporales residenciales para personas mayores grandes dependientes y dependientes severos del sistema riojano para la autonomía personal y la dependencia.
Segundo: En el Anexo I del mencionado Decreto 18/2011, de 11 de marzo, se establece la clasificación de los centros residenciales con plazas públicas para personas mayores grandes dependientes o dependientes severos del sistema riojano para la autonomía personal y atención a la dependencia por zonas territoriales y tipología de plaza.
Tercero: Con fecha de 1 de febrero de 2015, se formaliza el contrato de gestión de servicio público por el que se conciertan 20 plazas de servicio de atención residencial para personas mayores grandes dependientes en la zona de Rioja Baja.
Cuarto: Con fecha de 1 de abril de 2015, se formaliza el contrato de gestión de servicio público por el que se conciertan 20 plazas de servicio de atención residencial para personas mayores grandes dependientes y 15 plazas de servicio de atención residencial para personas mayores dependientes severos en la zona de Rioja Alta.
Fundamentos de Derecho
Primero.- El artículo 3 de la Ley 7/2009, de Servicios Sociales de La Rioja, dispone que forman parte del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales, tanto los servicios prestados directamente por las Administraciones Públicas de La Rioja, como los prestados indirectamente a través de entidades de iniciativa privada de servicios sociales.
Segundo.- La Disposición Final Primera del Decreto 18/2011, de 11 de marzo, habilita al Consejero de Salud y Servicios Sociales para que mediante Resolución modifique y actualice la clasificación de los Centros Residenciales con plazas públicas que se contienen en el Anexo I.
Por todo lo anteriormente expuesto, y en virtud de la habilitación concedida
Resuelvo
Modificar y actualizar el Anexo I del Decreto 18/2011, de 11 de marzo por el que se regula el sistema de acceso al servicio público de atención residencial y al servicio público de estancias temporales residenciales para personas mayores grandes dependientes y dependientes severos del sistema riojano para la autonomía personal y la dependencia, aprobando el siguiente Anexo:
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