Orden 19/2009, de 30 de julio de 2009, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Orden 36/2007, de 30 de julio, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte dictó la Orden 36/2007, de 30 de julio, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar y que derogaba la Orden 1/2004, de 4 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, la cual regulaba el procedimiento de concesión de ayudas individualizadas de transporte escolar.

Si bien la mencionada Orden 36/2007, de 30 de julio, permanece plenamente vigente, los recientes cambios introducidos en materia educativa, en la medida en que afectan a los horarios lectivos de algunos grupos de alumnos, tanto por la implantación del nuevo Bachillerato (Orden 21/2008 de esta Consejería, de 4 de septiembre), como por la progresiva implantación de las Secciones Bilingües (Orden 7/2008 de esta Consejería, de 14 de abril), impidiéndoles por ello hacer uso de las rutas de transporte escolar o líneas regulares establecidas, aconsejan una modificación de dicha norma para adaptarla a las nuevas circunstancias.

Así mismo, también resulta procedente modificar dicha regulación, para facilitar la implantación de los nuevos Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI), en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

El objetivo de lo señalado anteriormente es la inclusión de aquellos alumnos que, estando matriculados en centros públicos en dichos PCPI en una localidad diferente a la de su domicilio, no pueden acceder a una línea de transporte (escolar o regular) para poder asistir a sus clases. En este sentido, debe mencionarse de forma expresa el importante impacto social de estos programas que, pese a no ser obligatorios, van destinados a alumnos que deben estar escolarizados por el tramo de edad en el que se encuentran.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, y una vez emitidos los informes preceptivos, dispongo:

Artículo único

Modificación de la Orden 36/2007, de 30 de julio, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar.

La Orden 36/2007, de 30 de julio, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar queda modificada como sigue:

Uno.- La letra a) del apartado 1 del artículo 2 queda redactada...

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