Orden 8/2003, de 14 de abril, del Consejero de Turismo y Medio Ambiente por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para el mantenimiento de nidos de cigüeña común

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Turismo y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

En fecha 1 de mayo de 1997 se publicó, en el Boletín Oficial de La Rioja, la Orden nº 38/1997, de 22 de abril, de la entonces Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para el mantenimiento de nidos de cigüeña común.

La experiencia adquirida a través de la gestión de esta línea de subvenciones aconseja la publicación de una nueva norma que recoja una serie de modificaciones respecto a la regulación anterior, entre las que destaca la actualización de los importes de las cuantías máximas de ayudas previstas por cada nido.

Por ello, previa propuesta de la Dirección General de Medio Natural, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 3.7. del Decreto 20/2001, de 20 de abril, por el que se regula el ejercicio de competencias administrativas, en desarrollo de la Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

Ordeno

Primero.- Aprobar las bases reguladoras e impresos normalizados que figuran como Anexos I y II.

Segundo.- La convocatoria de estas ayudas se efectuará, para cada ejercicio, mediante resolución del órgano competente de la Consejería de Turismo y Medio Ambiente.

Tercero.- La convocatoria se regirá por las Bases que se expresan como Anexo I de la presente Orden y, en lo no previsto en ellas, por el Decreto 12/1992, de 12 de abril, de normas reguladoras del procedimiento de concesión y gestión de subvenciones y ayudas de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en la Ley General Presupuestaria aprobada por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y disposiciones concordantes.

Disposición adicional única

El plazo de presentación de solicitudes, para el presente ejercicio, será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de La Rioja.

Disposición derogatoria única

Queda derogada la Orden 38/1997, de 22 de abril, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, por la que se regula el régimen de subvenciones para el mantenimiento de nidos de cigüeña común.

Disposición final única

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Logroño, 14 de abril...

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