Resolución de 2 de diciembre de 1999, del Presidente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueban las Bases Reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a promover actuaciones de uso racional de la energía y de utilización de fuentes de Energía Renovables

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorAgencia de Desarrollo EconoMico de la Rioja
Rango de LeyResolución
Exposición de motivos.- Es una realidad la alta dependencia de la Unión Europea de las importaciones energéticas. Dicha dependencia, en el caso de La Rioja y según el Inventario Energético elaborado por esta Comunidad, es extremadamente alta.

Existe un compromiso político asumido por la Comunidad Europea en materia de reducción de gases de efecto invernadero, que aconseja introducir instrumentos de promoción y una serie de directrices en dicho sentido en las políticas energéticas.

Se ha aconsejado reiteradamente desde la Unión Europea la elaboración y la puesta en marcha de estrategias que materialicen la integración medioambiental y el desarrollo sostenible dentro de las políticas energéticas locales.

El aprovechamiento energético de las energías renovables en la Unión Europea se considera por los expertos de la Unión que es irregular e insuficiente en estos momentos.

Existe, por tanto, una urgente necesidad de fomentar más activamente la eficiencia energética y el uso y generación racional de la energía, con objeto, entre otros, de reducir las emisiones de CO2.

Por otro lado, se detecta una creciente necesidad de desarrollar Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico que, encuadrados en las directrices del V Programa Marco de la Unión Europea, permitan conseguir resultados energéticamente innovadores susceptibles de ser aplicados en los diferentes sectores primario, secundario y terciario.

Dichos motivos aconsejan la puesta en marcha, siguiendo las directrices del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética del Ministerio de Industria y Energía (Real Decreto 615/1998, de 17 de abril) de un régimen de ayudas con objeto de promocionar el uso racional de la energía y la utilización de fuentes de energía renovables que permitan la puesta en marcha del Plan Energético de La Rioja.

El presente programa de ayudas se completa con un régimen de ayudas a la Investigación y el Desarrollo Tecnológico en línea con las directrices comunitarias en materia de I+DT.

Las presentes Bases Reguladoras encuentran su base y fundamento, de una parte, en los objetivos que a la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja encomienda su Ley de creación (artículo 3 de la Ley 7/1997, de 3 de octubre), y de otra parte en la potestad subvencionadora que le confieren los artículos 5.d) y 6 de la citada Ley, y, más en concreto, el artículo 36, letras a), f), j) y l), en particular, del Reglamento de la citada Ley aprobado por Decreto 9/1998, de 23 de enero, que otorga a la Agencia potestad para otorgar, gestionar y controlar aquellas subvenciones destinadas a: "Promover la instalación, ampliación y modernización de empresas", "Fomentar la innovación y la I + D en las empresas", "Fomentar la aplicación de medidas de corrección medioambiental y minimización de residuos" y "Promover la optimización energética, la diversificación de fuentes y la utilización de fuentes alternativas".

En su virtud, de acuerdo con las competencias que les confieren los artículos 13, apartado 1.h), 38, apartados 1 y 4, y 40, apartado 1, de Reglamento, el Presidente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja,

Resuelve:

Primero. Aprobar las Bases Reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a promover actuaciones de uso racional de la energía y de utilización de fuentes de energía renovables, que figuran como anexo a la presente Resolución.

Segundo.

  1. Aprobar la convocatoria para 1999 de las ayudas destinadas a promover actuaciones de uso racional de la energía y de utilización de fuentes de energía renovables.

  2. El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 23 de diciembre de 1999.

  3. Sin perjuicio de lo establecido en la Base 4ª, apartado 4.2, en el ejercicio 1999 podrán subvencionarse las inversiones que, ajustándose a las Bases Reguladoras, se hayan realizado desde 1 de enero de 1999.

  4. De conformidad con el artículo 22.b) del Reglamento de la Ley de creación de la Agencia, la Comisión de Evaluación formulará las propuestas sobre concesión de las ayudas previstas en las Bases Reguladoras en todos los casos.

  5. Para el año 1999 existe crédito adecuado en las partidas presupuestarias 12.50.3221.480.01, 12.50.3221.761.01, 12.50.3221.772 y 12.50.3221.781.01 del vigente presupuesto de gastos de la Agencia.

    Tercero. La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

    Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición o ser impugnando directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

    El recurso potestativo de reposición se interpondrá ante el Presidente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al en que se publique esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    El recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Logroño(La Rioja), en el plazo de dos(2) meses, a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

    No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

    Logroño, a 2 de diciembre de 1999.- El Presidente, Juan José Muñoz Ortega.

    Anexo

    Bases Reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a promover actuaciones de uso racional de la energía y de utilización de fuentes de Energía Renovables.

    Base 1ª. Objeto subvencionable

    Podrán ser objeto de ayudas mediante la concesión de subvenciones, los proyectos o actuaciones que se puedan integrar en alguno de los siguientes apartados:

    1.1.- Proyectos de utilización racional de la energía o de sustitución de fuentes energéticas en los sectores primario, la industria, el transporte y los servicios y los edificios.

    1.2.- Proyectos de demostración, difusión de alguna de las fuentes renovables de energía, aprovechamiento de la biomasa y de los residuos y geotermia, así como de proyectos de uso racional de la energía en el campo de las energías renovables (solar, eólica, hidráulica, biomasa, geotérmica, etc.).

    Los proyectos de inversión cuyo coste vaya a ser subvencionado, deberán utilizar técnicas, tecnologías o sistemas que impliquen una optimización del uso de la energía.

    En todos los casos se deberán cumplir las exigencias de carácter general sobre utilización de técnicas, tecnologías y sistemas que impliquen la optimización del uso de la energía y promuevan la reducción del impacto ambiental y el desarrollo de las infraestructuras energéticas regionales.

    La inversión subvencionable se deberá realizar en bienes tangibles necesarios para alcanzar los objetivos energéticos y medioambientales previstos en el proyecto.

    Podrá ser...

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