Orden de la Consejería de Hacienda y Promoción Económica por la que se hace pública la Convocatoria de ayudas en materia de consumo para Corporaciones Locales.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda y Promocion Economica
Rango de LeyOrden

Tanto la legislación Básica de Régimen Local, aprobada por la ley de bases de 1985, como la Ley 26/84 de 19 de julio, General para la Defensa de Los Consumidores y Usuarios, atribuye a los Municipios competencias y facultades para promover y desarrollar la protección y defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con la Legislación estatal y en su caso de las Comunidades Autónomas.

En el ejercicio de estas competencias corresponde por tanto a las Corporaciones Locales, realizar actividades de información, de formación y de control, ejerciendo a estos efectos la potestad sancionadora, con los límites que se establezcan legalmente, teniendo en cuenta los medios con los que a estos efectos cuentan los distintos Municipios.

Es evidente que el ejercicio de esta competencia, irrenunciable para las Corporaciones Locales, supone la atención de costes que deben ser asumidos con cargo a los presupuestos de gastos. Por otra parte determinados Ayuntamientos tienen constituidas Oficinas de Información Municipal al Consumidor, que desarrollan una actividad de información y formación, sin perjuicio del deber de ejercer igualmente dentro de su estructura administrativa orgánica correspondiente, una actividad de control, hoy prácticamente inexistente.

Procede por tanto, adoptar medidas de apoyo financiero a las Corporaciones Locales, destinadas a contribuir al cumplimiento de los fines reconocidos, y obtener de las mismas una más completa actividad de sus propias funciones, completando con el ejercicio de su facultad sancionadora el arco de las funciones atribuidas.

Mediante la presente Orden se procede a formalizar la convocatoria de concesión de ayudas a Corporaciones Locales, para la realización de actividades de información y formación, actividades que endeterminadas Corporaciones Locales suponen un esfuerzo financiero notable.

Por otra parte, el Decreto 12/1992, de 2 de abril, establece el régimen jurídico básico que sirve de marco de actuación para el procedimiento de concesión y gestión de todas las subvenciones concedidas por el Gobierno de La Rioja.

Por todo ello a propuesta de la Dirección General de Industria, Turismo, Trabajo y Comercio, dispongo la concesión de ayudas, conforme a las siguientes bases reguladoras:

Artículo 1 Objeto
  1. - Es objeto del presente Titulo la concesión de ayudas, hasta un máximo de 4.500.000 ptas, con carácter de subvención, a las Corporaciones Locales, destinadas a atender gastos corrientes en actividades que promuevan la defensa de consumidores y usuarios, durante 1998 a través de las siguientes actuaciones y criterios:

    1. Campañas de inspección de productos, bienes y servicios de uso y consumo común, ordinario y generalizado, en coordinación con la Dirección General de Industria, Turismo, Trabajo y Comercio.

    2. Realización de actividades destinadas a capacitación, formación o perfeccionamiento de personal de Corporaciones Locales, que tenga adscritas funciones de información, inspección y mediación en materia de Consumo.

    3. Edición y...

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