Reglamento orgánico de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cooperación y Solidaridad Internacional del Ayuntamiento de Logroño. Aprobación inicial

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorAyuntamiento de Logro?o
Rango de LeyReglamento

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2008, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Aprobación inicial del reglamento orgánico de Organización y Funcionamiento del Consejo Municipal de Cooperación y Solidaridad Internacional del Ayuntamiento de Logroño

El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:

  1. La voluntad del Ayuntamiento de Logroño de crear un Consejo Sectorial de Cooperación al Desarrollo y Solidaridad Internacional y dotarlo de su correspondiente Reglamento Orgánico de organización y funcionamiento.

  2. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y, entre otros, sus artículos 47, 49 y 123.

  3. Los artículos 119 y 130 del Real Decreto 2568/1968, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

  4. Los artículos 91 y siguientes del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño.

  5. Los informes del Gestor de Relaciones Institucionales y Cooperación al Desarrollo de fechas 31 de julio de 2008 y 25 de agosto de 2008, y los de Asesoría Jurídica de 13 de agosto de 2008.

  6. El Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 3 de septiembre de 2008 por el que se aprueba el proyecto de Reglamento Orgánico del Consejo Municipal de Cooperación al Desarrollo.

  7. La concurrencia de las circunstancias previstas en el Art. 93.1 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño.

  8. La propuesta de acuerdo formulada al efecto.

  9. El dictamen de la Comisión Informativa de Pleno de fecha 25 de septiembre de 2008.

Acuerda:

Primero. Aprobar inicialmente el Reglamento Orgánico de Organización y Funcionamiento del Consejo Municipal de Cooperación y Solidaridad Internacional, que se incorpora como Anexo al presente acuerdo.

Segundo. Reducir en su mitad el plazo previsto en el Art. 95.1 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño.

Tercero. Someter dicho Reglamento a exposición pública durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del acuerdo de aprobación inicial.

Cuarto. Elevar a definitivo el presente acuerdo si en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones o sugerencias contra el mismo.

Logroño 2 de octubre de 2008.- El Alcalde, Tomás Santos Munilla.

Anexo

Reglamento Orgánico del Consejo Municipal de Cooperación y Solidaridad Internacional.

Exposición de motivos

-I-

La Ley 57/2003 de 16 de Diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local aborda toda una serie de medidas que modifican y reforman el Régimen Local, según la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Destaca de esta ley, la introducción de un nuevo título (al margen del referente a la tipificación de las infracciones y sanciones en determinadas materias) concerniente al régimen de organización de los municipios de gran población.

El capítulo II del título X aborda la organización y el funcionamiento de los municipios destinatarios de dicho régimen, regulando sus órganos necesarios –Pleno, las Comisiones de Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno Local -, así como la divisiónterritorial en distritos, los órganos superiores y directivos, la Asesoría Jurídica, los mecanismos de participación ciudadana, el Consejo Social de la Ciudad y la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.

La entrada en vigor de la Ley y la Ley 1/2004 del Parlamento de la Rioja para la aplicación al Municipio de Logroño del Régimen de Organización de los...

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