Orden 7/2003, de 16 de octubre, de la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial sobre delegación de competencias en esta Consejería

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Turismo, Medio Ambiente y poliTica Territorial
Rango de LeyOrden

Mediante Decreto 5/2003, de 7 de julio, se modifica el número y denominación de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja; así mismo, mediante Decreto 35/2003, de 15 de julio, se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.

El Decreto 37/2003, de 15 de julio, atribuye las funciones administrativas, en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Mediante Orden 4/2003, de 12 de agosto, se procedió a delegar las competencias de acuerdo con la nueva estructura organizativa, sin embargo, la necesidad de ajustar con mayor precisión las delegaciones y otorgar un mayor alcance a las mismas, hace preciso dictar esta Orden para la sustitución de la anteriormente citada.

Por todo lo anterior, y en uso de la facultad de delegación del ejercicio de las competencias previstas y reguladas, tanto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como en la Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno de La Rioja y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, dispongo:

Artículo Primero Se delegan en el Secretario General Técnico de la Consejería las siguientes competencias:
  1. - La autorización, disposición de gastos y reconocimiento de obligaciones correspondientes al Capítulo II sobre...

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