Orden AGR/5/2019, de 19 de febrero, por la que se modifica la Orden 12/2016, de 25 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales integradas en la Reserva Regional de Caza de La Rioja Cameros-Demanda

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
Preámbulo

La existencia de la Reserva Regional de Caza de La Rioja. Cameros-Demanda, supone para las Entidades Locales que en ella se asientan, propietarias de la inmensa mayoría de los terrenos que la integran, la imposición de limitaciones a su derecho de propiedad sobre aquellos, al tener asumida, por Ley, la titularidad de los derechos cinegéticos el Gobierno de La Rioja y corresponder a éste, a través de la Consejería competente en materia de caza la administración de dicho terreno cinegético.

Se hace por ello necesario compensarles de esas limitaciones, que les privan de parte de una de sus posibles fuentes de ingresos, con objeto de que obtengan recursos económicos que contribuyan al desarrollo de sus comunidades rurales, máxime cuando la mayor parte de estos terrenos se ubican en zonas de montaña deprimidas

Esta compensación, está prevista en el artículo 29 del Reglamento de la Ley 9/1998, de 2 de julio, de Caza de La Rioja, aprobado por Decreto 17/2004 de 27 de febrero.

La gestión de estas ayudas durante los dos últimos ejercicios ha puesto en relieve dos aspectos que impiden la aplicación de estas ayudas, bien a un determinado tipo de obra o bien a una determinada situación de la obra. Por ello es preciso corregir estas deficiencias y mejorar la aplicación de estas ayudas favoreciendo el que las entidades locales puedan destinar estas ayudas a un espectro más amplio.

Asimismo, la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ha motivado que el Gobierno de La Rioja haya potenciado las herramientas para la presentación telemática de solicitudes y procedimiento de comunicación con el interesado. Por lo que es también necesario adaptar la normativa al procedimiento administrativo común establecido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Igualmente, se hace necesario adaptar la referencia normativa al régimen vigente en materia de contratos del sector público.

Por lo expuesto, de conformidad con las funciones y competencias atribuidas a esta Consejería en el Decreto 28/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a propuesta de la Dirección General de Medio Natural y previos los informes preceptivos, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, aprueba la siguiente,

ORDEN

Artículo único Modificación de la Orden 12/2016, de 25 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda.

Uno. Se modifica el artículo...

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