Orden 18/2012 de 28 de noviembre, de la Consejería de Educación Cultura y Turismo, por la que se actualiza el precio público por los servicios prestados por la Residencia del I.E.S. La Laboral de Lardero para el curso 2012-2013

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de EducaciÓN, Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

Por Orden 26/2011, de 4 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo se actualizó el precio público de la Residencia del IES La Laboral de Lardero, para el curso 2011/2012, regulado por Orden 69/2002, de 16 de octubre. El artículo 36.2.b) de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja establece que cuando se trate de modificar la cuantía de un precio público, dicha modificación se efectuará mediante Orden de la Consejería por razón de materia (BOR de 29 de octubre de 2002).

El aumento del precio público correspondiente al curso 2012/2013 se ha establecido teniendo en cuenta el incremento del Índice de Precios al Consumo de La Rioja desde julio de 2011 hasta julio de 2012, deducido a partir de los datos obtenidos a través del Instituto Nacional de Estadística, que determinan una variación de un 2,3% en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En este contexto, la presente Orden actualiza el precio público a satisfacer por los alumnos residentes en la Residencia del IES La Laboral de Lardero (La Rioja), para el curso 2012/2013.

Por todo lo anterior, la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

DISPONE

Artículo único Cuantía del precio público.

El precio público a satisfacer por los alumnos residentes en la Residencia del IES La Laboral de Lardero para el curso 2012/2013 queda establecido en 2.644,46 euros.

Disposición Derogatoria Única

Queda derogada la Orden 26/2011, de 4 de noviembre, por la que se actualizó el precio público por los servicios prestados por la Residencia del Instituto de Educación Secundaria La Laboral de Lardero (La Rioja) para el curso 2011-2012.

Disposiciones Finales
Disposición Final Primera Normativa aplicable.

En todo lo no regulado en esta Orden se estará a lo dispuesto en la Orden 69/2002, de 16 de octubre, así como en la Ley 6/2002, de 18 de octubre de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de La Rioja.

Disposición Final Segunda Entrada en Vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

En Logroño, a 28 de noviembre de...

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