Orden 12/2017, de 13 de octubre, de la Consejería de Educación Formación y Empleo, por la que se modifica la Orden 5/2010, de 11 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases para la realización de pruebas libres para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de la Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | ConsejerÍA de EducaciÓN, FormaciÓN y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 69.4 que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán periódicamente pruebas, de acuerdo con las condiciones y características básicas que el Gobierno establezca, para obtener los títulos de Formación Profesional.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo regula en los artículos 35, 36 y 37 las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior.
En el ejercicio de estas competencias se aprueba en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja la Orden 5/2010, de 11 de marzo, por la que se establecen las bases para la realización de pruebas libres para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja. La necesidad de garantizar una oferta de las enseñanzas de formación profesional los más amplia posible y con mayores garantías a alumnos que proceden tanto de ciclos ordinarios como de la formación profesional dual hace aconsejable proceder a la modificación de esta norma para posibilitar el desarrollo de las pruebas aún cuando el número de inscritos sea inferior al límite que la misma dispone, en aquellos supuestos que, en atención a sus concretas circunstancias, sean autorizados por la Dirección General competente en materia de educación.
El Decreto 26/2015, de 21 de julio, establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
En su virtud, el Consejero de Educación, Formación y Empleo, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
DISPONE
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