Orden 1/2012, de 4 de abril de 2012, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se modifica la Orden 27/2010, de 14 de mayo, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se regula la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Obras PÚBlicas, PolÍTica Local y Territorial
Rango de LeyOrden

Además de por lo establecido en las normas de aplicación general a las subvenciones otorgadas por la Comunidad Autónoma, la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja se rige por lo establecido en el Real Decreto 835/2003, modificado por el Real Decreto 1263/2005, de 21 de octubre, y desarrollado por la Orden APU/293/2006, de 31 de enero, y de forma específica por la Orden 27/2010, de 14 de mayo, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local.

Atendiendo a lo establecido en el punto 4 del artículo 32 de la Ley 6/2011, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2012, es necesario regular en la mencionada Orden 27/2010, de 14 de mayo, las condiciones en que las entidades locales podrán destinar las ayudas que les corresponden en la anualidad de 2012 del Plan al pago de facturas por obligaciones contraídas en ejercicios anteriores.

Por otra parte, ante la necesidad de mejorar la eficiencia de la aplicación de los recursos públicos, tanto los de la Comunidad Autónoma como los de cada entidad local, se ha considerado conveniente incorporar a la citada Orden 27/2010, de 14 de mayo, una medida que restrinja la valoración de mejoras en los procedimientos de licitación a los supuestos en que concurran circunstancias técnicas que lo justifiquen, y otra encaminada a asegurar el cumplimiento de las obligaciones formales relativas a la elaboración y aprobación de los Presupuestos Generales y de las Liquidaciones de los Presupuestos de las entidades locales, y al funcionamiento de sus órganos de gobierno.

Por ello, al amparo de la competencia en materia de régimen local, que se reconoce a la Comunidad Autónoma en el artículo 9.8 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, así como en el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en virtud de las facultades que tengo conferidas,

Dispongo

Artículo único Modificación de la Orden 27/2010, de 14 de mayo, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se regula la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Orden 27/2010, de 14 de mayo, de la Consejería de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR