Decreto 141/2011, de 4 de noviembre, por el que se nombran los miembros de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejerÍA de Presidencia y Justicia
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/1991, de 21 de marzo, de Elecciones a la Diputación General de La Rioja, regula en su artículo 7º la composición y nombramiento de los miembros de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de La Rioja, disponiendo que éste tendrá lugar por Decreto al comienzo de cada legislatura y continuarán en su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Efectuada la designación de los Vocales correspondientes, por parte de la Mesa del Parlamento de La Rioja y del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, procede realizar el oportuno nombramiento.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 4 de noviembre de 2011, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo Único Composición de la Junta Electoral

La Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de La Rioja queda integrada para la presente legislatura por los siguientes miembros:

Presidente: Excmo. Sr. D. Ignacio Espinosa Casares.

Secretario: Ilmo. Sr. D. Jorge Apellániz Barrio.

Vocales: Ilmo. Sr. D. José María Cid Monreal.

Ilmo. Sr. D. Carlos Sáenz Cosculluela.

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