Orden nº 14/2005, de 3 de noviembre, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se regulan las bases y se convoca una beca de formación en materia de suelos

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Turismo, Medio Ambiente y poliTica Territorial
Rango de LeyOrden

El Decreto 37/2003, de 15 de julio, de atribución de funciones administrativas en desarrollo de la Ley 3/2003, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, la ejecución de las competencias medioambientales atribuidas a la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en particular se asigna, a través de la Dirección General de Calidad Ambiental, la declaración, delimitación e inventario de suelos contaminados, así como la elaboración de la lista de prioridades de actuación y el control de las operaciones de limpieza y descontaminación.

La importancia del suelo es capital para la vida porque interviene en el ciclo del agua y los ciclos del carbono, nitrógeno y fósforo, y en él tienen lugar gran parte de las transformaciones de la energía y de la materia de los ecosistemas, además, como su regeneración es muy lenta, el suelo debe considerarse como un recurso no renovable y cada vez más escaso, debido a que está sometido a constantes procesos de degradación y destrucción.

El hecho de que los efectos de la contaminación permanezcan ocultos durante mucho tiempo ha llevado a que, hasta hace muy poco, la preocupación por el buen estado de los suelos haya sido mínima.

La Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial es consciente de la necesidad de prevenir, analizar y controlar los efectos de la contaminación en los suelos y su impacto en la salud humana y en el medio ambiente, así como clasificar los suelos en niveles de acuerdo con los estudios realizados y fijar las actuaciones de cada emplazamiento.

Con arreglo a las citadas competencias y consciente de que determinados aspectos medioambientales son muy específicos y todavía no son abordados en profundidad por los programas de estudios universitarios, la Consejería consciente de que este tema es concreto, estima conveniente apoyar la especialización de los titulados universitarios impulsando su formación en estos campos concretos, mediante la convocatoria de becas que completen los estudios académicos realizados y permitan poner en práctica los conocimientos adquiridos durante la etapa educativa.

En consideración a lo expuesto y, previos los informes oportunos, en uso de las facultades otorgadas por el Art. 42.1.e) de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus Miembros,

Ordeno

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene como objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, las bases y la convocatoria de una beca destinada a subvencionar la realización de estudios de formación en materia de suelos contaminados.

Artículo 2 Cuantía económica y duración de la beca.
  1. - La beca convocada por la presente Orden se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 07.04.4432.483.01.

  2. - La cuantía de la beca, que se pagarán por mensualidades vencidas, sujetas a la correspondiente retención del I.R.P.F., será de 973,31 euros más el incremento del IPC correspondiente.

  3. - El período de disfrute de la beca será desde la incorporación del becario en el año 2006 hasta el 31 de diciembre del mismo año, siendo susceptible de prórroga, hasta un período total máximo, incluyendo prórrogas, de tres años, en función de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Las prórrogas se realizarán por Resolución de la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, o autoridad en quién delegue, previo informe en tal sentido del Técnico coordinador del proyecto de la Dirección General de Calidad Ambiental. La Resolución de la prórroga podrá contemplar la actualización del importe mensual de la beca inicialmente fijado, con arreglo al IPC.

Artículo 3 Requisitos de los solicitantes.

Podrá ser beneficiario de esta beca quien reúna los siguientes requisitos:

- Poseer la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o del Reino de Noruega o de la República de Islandia, o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutiva de la Comunidad Europea.

- Estar en posesión de la titulación de: Ingeniería...

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