Orden 29/2005, de 12 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de concesión de los Premios para Jóvenes Investigadores de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 1 establece como uno de los objetivos principales de la educación el pleno desarrollo de la personalidad y la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo por parte del alumnado.

Igualmente la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en su artículo 1 señala como uno de los principios de calidad del sistema educativo el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

En las aulas de los centros escolares existen profesores y alumnos que van más allá de los programas establecidos y protagonizan acciones educativas valiosas que, sin embargo, no transcienden del propio Centro. Estas actuaciones promueven la inquietud cultural del alumnado y potencian su curiosidad e interés por conocer e investigar el mundo en el que vivimos, lo que sirve de base para su futuro desarrollo intelectual.

El Decreto 37/2003, de 15 de julio, de atribución de funciones administrativas, en desarrollode la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a la Dirección General de Educación el fomento y difusión de los programas y acciones educativas de la Consejería, así como la coordinación de las eventuales actividades de otros organismos e instituciones que incidan en los centros docentes de La Rioja. En virtud de esta normativa y con el fin de difundir y recompensar hechos culturales aislados, que puedan ser el comienzo de trayectorias futuras con relevante contenido investigador e innovador y que colaboren al bienestar y desarrollo de la sociedad y proporcionen estímulo a los jóvenes para participar en la investigación e innovación dentro de sus posibilidades, en el campo de las Ciencias, la Tecnología, las Ciencias Sociales y las Letras, esta Consejería de Educación, Cultura y Deporte, tiene previsto distinguir con un premio aquellas experiencias realizadas en el aula por un grupo de alumnos bajo la tutela de uno o más profesores.

Por otro lado, el Ayuntamiento de Logroño tiene atribuidas competencias en actividades culturales, conforme al artículo 25.2 de Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y pretende, a través de la Casa de las Ciencias, la divulgación de la cultura científica y tecnológica entre la población, con especial atención a los alumnos de los centros docentes.

Al coincidir los objetivos de ambas instituciones se ha considerado conveniente establecer fórmulas eficaces de cooperación y en este sentido, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja y el Excelentísimo Ayuntamiento de Logroño decidieron firmar, en 25 de agosto de 2005, un Convenio para proyectar, convocar y desarrollar un certamen que recompensase los citados esfuerzos y dedicación en el ámbito de la educación.

En consecuencia, el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en uso de las facultades que la vigente legislación le confiere, dispone

Artículo 1 Objeto de la convocatoria

El objeto de la presente Orden es premiar los trabajos de investigación más destacados de alumnos de niveles no universitarios en el campo de las Ciencias, la Tecnología, las Ciencias Sociales y las Letras.

Artículo 2 Categorías

Se han establecido las siguientes categorías de participación:

  1. Educación Secundaria Obligatoria.

  2. Bachillerato

  3. Formación Profesional de Grado Medio.

  4. Formación Profesional de Grado Superior.

Artículo 3 Premios

En cada una de las categorías se concederán dos premios que tendrán dotación económica y un diploma acreditativo para cada uno de los componentes de los respectivos equipos ganadores:

- Primer Premio "Jóvenes Investigadores"

- Premio "Casa de las Ciencias"

También se podrán conceder menciones honoríficas si la calidad de los trabajos presentados así lo requiriera.

A los profesores que hayan coordinado los trabajos de los equipos ganadores se les entregará un certificado que acredite la coordinación de la experiencia ganadora.

La concesión de estos premios se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

El Jurado, a que se refiere el artículo 11 de esta Orden, podrá declarar desierto alguno de los Premios, si los trabajos presentados no alcanzaran un mínimo de 10 puntos, según los criterios de valoración que figuran en el artículo 12 de la presente orden.

Artículo 4 Financiación

La concesión de estos premios se hará con cargo a la partida presupuestaria 08.04.4211.482.08 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ajustándose a la dotación económica establecida en cada ejercicio. La cuantía económica correspondiente al primer premio Jóvenes Investigadores será de 1.600 euros para cada una de las cuatro modalidades que sean objeto de la primera convocatoria. La dotación económica del Premio Casa de las Ciencias será de 1.000 euros para cada una de las modalidades que sean objeto dela primera convocatoria.

Las cuantías económicas...

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