Orden 6/2011, de 11 de febrero,, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa), en régimen de concurrencia competitiva

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Industria, Innovación y Empleo
Rango de LeyOrden
Preámbulo

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa), en régimen de concurrencia competitiva -contenidas hasta ahora en la Orden 21/2008, de 5 de junio de 2008 (Boletín Oficial de La Rioja número 79, de 14 de junio de 2008; corrección de errores en el Boletín Oficial de La Rioja número 160, de 15 de diciembre de 2008), modificada por Orden 19/2009, de 17 de febrero de 2009 (Boletín Oficial de La Rioja número 24/2009, de 20 de febrero)-, con el fin de facilitar el entendimiento y comprensión de la norma, garantizando así el principio de seguridad jurídica.

Mediante Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la Innovación de las pequeñas y medianas empresas InnoEmpresa 2007-2013 (B.O.E. nº 29/2007, de 2 de febrero).

Este nuevo programa de ayudas contempla medidas de apoyo y actuaciones de fomento destinadas a las pequeñas y medianas empresas españolas en el marco de una política orientada a fortalecer el tejido empresarial español, incrementar la capacidad innovadora de las empresas como medio para aumentar su competitividad, contribuir al crecimiento sostenible, y como consecuencia, propiciar el empleo y la creación de riqueza, todo ello, encuadrado dentro de las directrices estratégicas comunitarias para el periodo 2007-2013.

El programa incluye tres grupos básicos de medidas: Innovación organizativa y gestión avanzada, innovación tecnológica y calidad y proyectos de innovación en colaboración, contemplándose en todas las líneas la incorporación de tecnologías avanzadas de la información y la comunicación en los procesos de gestión internos y externos de la empresa.

El programa InnoEmpresa pretende dirigir la aplicación de los recursos presupuestarios hacia empresas con vocación de crecimiento y capacidad de generar innovación, respetándose los principios de cooperación entre las administraciones públicas promotoras y de eficacia en el gasto.

Las diferentes modalidades de ayudas que contempla el programa se basan en la utilización de aquellos instrumentos que sirven para la promoción de las pequeñas y medianas empresas y de los procedimientos de gestión válidos y contrastados por la experiencia de diversas acciones promovidas por la Unión Europea y la propia experiencia española.

En su virtud, el Consejero de Industria, Innovación y Empleo, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 30.3 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Rioja; 42 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros; 10.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja; y 5.1.1.t) del Decreto 34/2009, de 30 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, se dicta la siguiente

Orden

Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 a 8
Artículo 1 Objeto de la subvención
  1. Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, a través del procedimiento de concurrencia competitiva, destinadas a apoyar la Innovación de las pequeñas y medianas empresas mediante los siguientes programas:

    - Programa 1. Innovación organizativa y gestión avanzada,

    - Programa 2. Innovación tecnológica y calidad

    - Programa 3. Proyectos de innovación en colaboración

  2. El presente régimen de ayudas regirá durante el periodo 2007-2013.

Artículo 2 Régimen jurídico
  1. La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se ajustará a lo dispuesto en:

    1. Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (Innoempresa) 2007-2013.

    2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    3. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    4. Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (en adelante, Decreto 14/2006), modificado por Decreto 23/2008, de 28 de marzo.

    5. Las demás disposiciones generales que resulten de aplicación, así como cualquier disposición que las sustituya y/o modifique.

  2. Las ayudas previstas en las presentes bases reguladoras se acogen al Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (Diario Oficial de la Unión Europea L 214, de 9 de agosto de 2008).

Artículo 3 Actuaciones subvencionables
  1. La solicitud deberá ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada. Los gastos realizados con anterioridad a la presentación de la solicitud (pagos anticipados, acopio de materiales y similares) podrán ser considerados subvencionables siempre que el montaje o puesta a disposición de los bienes, equipos o servicios en el centro de trabajo o lugar de la inversión no haya tenido lugar antes de la presentación de la solicitud.

  2. Podrán ser objeto de ayuda las siguientes actuaciones:

    Actuación 1. Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa (programa 1)

    Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que a través de herramientas de software de gestión avanzada incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa como: Organización de la producción (ERP), relaciones con proveedores o clientes e innovación en los modelos de marketing y de comercialización (sistemas CRM), gestión medioambiental, eficiencia energética, logística y distribución (gestión de la cadena de suministro, gestión logística, almacenes), recursos e integración de los sistemas de gestión empresarial.

    Esta adopción de nuevos modelos empresariales está exclusivamente basada en la implantación de herramientas/soluciones software de gestión avanzada. Estas herramientas deben ser modulares y parametrizables en función de las necesidades y prioridades de las Pyme. Dichas soluciones deben estar comercializadas en el mercado nacional y que sus generadores puedan ofrecer servicios de mantenimiento o evolución.

    En estos proyectos de implantación se pueden contemplar como elegibles las actividades más habituales como son: la inversión efectiva de la herramienta software, y colaboraciones externas que incluye la consultoría de implantación (adaptación de la herramienta a las necesidades de la Pyme), análisis de procesos, entrenamiento del personal y la migración o carga de los datos significativos para que sea operativa, al menos en las funcionalidades básicas.

    Los desarrollos de software a medida tendrán la consideración de costes elegibles cuando: estén limitados a pequeñas intervenciones que permitan la integración de soluciones y otras particularidades de las pymes, adecuadamente justificadas.

    Actuación 2. Apoyo a la realización de diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos (programa 1)

    En estos proyectos se entiende por plan estratégico a aquel documento que describe un proceso de análisis y reflexión con el objetivo de facilitar la toma de decisiones duraderas en la empresa, mediante el establecimiento de un marco de referencia, el análisis de las capacidades competitivas de la empresa y su entorno comercial, para posteriormente realizar un diagnóstico que permita la elaboración de un conjunto de políticas estratégicas valoradas y priorizadas por la Pyme. Esta actuación debe dar respuesta por lo menos, a los siguientes aspectos: el marco de referencia, análisis interno y externo, diagnóstico de situación, elaboración de estrategias competitivas valoradas y priorizadas, calendario de implantación y calendario de revisión. El solicitante tendrá que justificar que objetivos persigue al solicitar ayuda para elaborar un plan estratégico. Las colaboraciones externas que elaboren planes estratégicos tendrán que acreditar experiencia en consultoría estratégica (a nivel de empresa y del personal técnico que interviene).

    Actuación 3. Apoyo a la incorporación de diseño de producto pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, envase y embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto (programa 1)

    Apoyo a la incorporación de diseño de producto, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica,envase y embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto. Los proyectos de esta línea deberán tener por objetivo incentivar a las pyme para que incorporen servicios externos de profesionales de diseño industrial e ingeniería de producto en el desarrollo y puesta en los mercados de sus nuevos productos. El diseño de producto, en el marco de esta línea, hay que entenderlo como la concepción y desarrollo de nuevos productos o mejoras sustanciales de otros existentes...

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