Orden 12/2006, de 20 de abril, por la que se modifica la Orden 5/2006, de 7 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de folclore, actividades culturales, equipamiento, reforma y reparación de locales culturales

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Advertida la necesidad de cambiar determinados términos de la Orden Nº 5/2006, de 7 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de folclore, actividades culturales, equipamiento, reforma y reparación de locales culturales, se procede a su modificación, en los términos siguientes:

Artículo 1º El artículo 25 de la Orden 5/2006, de 7 de febrero, de esta Consejería queda redactado con el tenor literal y el alcance siguiente:

"Artículo 25.- El abono de la ayuda económica otorgada, se realizará en un único pago, previa entrega de conformidad de la documentación justificativa prevista en cada caso, excepto en el supuesto de las obras de reforma y reparación plurianuales, en los que podrán realizarse abonos parciales, previa presentación de las pertinentes certificaciones de obra, por el importe que corresponda, y hasta el límite anual subvencionado".

Artículo 2º El criterio de valoración contemplado en el apartado 2 del Anexo II de la Orden 5/2006, de 7 de febrero, de esta Consejería, queda redactado con el siguiente tenor literal y alcance:

2. El impacto de las actividades en la población del municipio, con un máximo de 30 puntos:

- Nuevo foro cultural emergente: 15 puntos.

- Participación mayoritaria de la población: 15 puntos.

Disposición transitoria Las solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden,...

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