Orden 6/2004, de 1 de julio de 2004, de la Consejería de Presidencia y Acción Exterior, por la que se convoca una beca de formación en prácticas en materia de comunicación audiovisual

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Presidencia y Accion Exterior
Rango de LeyOrden

El Decreto 37/2003, de 15 de julio, de atribución de funciones administrativas en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a la Consejería de Presidencia y Acción Exterior, las funciones relativas a la política informativa y de comunicación del Gobierno de la Rioja. Asimismo, dentro de la citada Consejería se encuentra la Unidad de Audiovisuales del Gobierno de La Rioja.

Dentro del marco de sus competencias,la Consejería de Presidencia y Acción Exterior, pretende establecer líneas de apoyo a la especialización de los jóvenes profesionales de la comunicación audiovisual, impulsando su formación mediante la convocatoria de becas que conlleven la puesta en práctica de sus conocimientos, complementando de forma satisfactoria sus estudios académicos.

Con este fin y de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de subvenciones y en el Decreto 12/1992, de 2 de abril, sobre procedimiento de concesión y gestión de subvenciones en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se convoca una beca de formación en prácticas, con el propósito de continuar en futuros ejercicios en esta línea de apoyo a la formación de los jóvenes profesionales, dentrodel límite de las disponibilidades presupuestarias existentes en cada momento.

Esta Consejería de Presidencia y Acción Exterior, en uso de las facultades que la vigente legislación le confiere, dispone:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene como objeto la convocatoria de una beca de formación en prácticas sobre temas relativos a la comunicación audiovisual. Las prácticas profesionales en las que consiste la beca se llevarán a cabo en la Unidad de Audiovisuales de la Consejería de Presidencia y Acción Exterior.

La beca de formación en prácticas tendrá como finalidad completar el estudio y la formación académica del becario, orientándole a poner en práctica los conocimientos adquiridos durante la etapa educativa.

Articulo 2 Cuantía económica

Renuncia e incumplimiento. Asistencia sanitaria.

La cuantía a percibir por el becario será de 721 euros mensuales brutos, que serán abonados a mes vencido, todo ello a la vista del informe previo del tutor asignado que avale la realizaciónmensual de los trabajos realizados por el becario.

El importe de la beca estará sujeto a las correspondientes retenciones establecidas en la normativa vigente en materia del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

En caso de producirse renuncia por parte del becario o la imposibilidad de continuar las prácticas por causa no imputable al mismo, éste percibirá la cuantía correspondiente al tiempo efectivo de la realización de las prácticas.

El becario en prácticas deberá disponer de asistencia sanitaria propia.

Artículo 3 Requisitos de los solicitantes.

Los solicitantes de esta beca deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

  1. Titulación universitaria de grado medio osuperior en Ciencias de la Información o en Comunicación Audiovisual, o bien de ciclo formativo superior de Formación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR