Orden 2/2008, de 17 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, de modificación de la Orden 4/2006, de 3 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se regula con carácter experimental la jornada escolar continua y mixta de los centros de educación infantil y primaria de la comunidad autónoma de la rioja

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 120 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización o ampliación del horario escolar en los términos que establezcan las Administraciones educativas.

La Orden 4/2006, de 3 de febrero (Boletín Oficial de La Rioja del 7) regula, con carácter experimental la jornada escolar continua y mixta en los centros docentes de Educación Infantil y Primaria sostenidos con fondos públicos del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Para la consideración de la jornada escolar han de tenerse en cuenta criterios pedagógicos, así como las características psicofísicas que nos indican los ritmos de aprendizaje de los alumnos. Por ello en aquellos casos en que la realidad educativa así lo demande, deben ser las propias comunidades educativas, conocedoras de esa realidad las que tengan el peso fundamental en la consideración del horario y jornada escolar que mejor se adapte a circunstancias concretas.

Las comunidades educativas de algunos centros escolares han solicitado, a lo largo del año académico 2006/2007 la posibilidad de modificar la jornada escolar continua y mixta establecida con carácter experimental, con el fin de hacerla más acorde con las necesidades derivadas de sus jornadas laborales.

Por ello, en virtud de la competencia reconocida en el Decreto 41/2007, de 13 de julio, y al amparo de las atribuciones que me confiere la legislación vigente

Dispongo

Artículo Único

Se da nueva redacción a los artículos 3, 7, 8 y Disposición Adicional Primera y se añade una nueva Disposición Transitoria a la Orden 4/2006, de 3 de febrero, por la que se regula, con carácter experimental, la jornada escolar continua y mixta en los centros docentes de Educación Infantil y Primaria sostenidos con fondos públicos del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que quedan modificados como sigue:

Artículo 3 Distribución de la jornada escolar:

Se añade una nueva letra al apartado 3 del artículo 3 con la siguiente redacción:

"D) Teniendo en...

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