Decreto 36/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

El Decreto 5/2003, de 7 de julio, por el que se modifica el número, denominación y competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, crea la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales. Para dar cumplimiento a esta decisión es preciso regular la estructura orgánica de esa nueva Consejería hasta ahora inexistente con el fin de que realice las funciones que le han sido encomendadas.

Por todo ello el Gobierno, a iniciativa de la Consejera de Juventud, Familia y Servicios Sociales y a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, y previa deliberación de sus miembros en su reunión del día 15 de julio de 2003, acuerda aprobar el siguiente

Decreto

Artículo 1 Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales.

La Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja al que corresponde, dentro del ámbito de competencia que le confieren las disposiciones vigentes, las funciones relativas a la política de juventud, mujer y familia del Gobierno de La Rioja, así como las relativas a los Servicios Sociales, Inmigración y aquellas que se consideren afines a las mismas.

Artículo 2 Centros Directivos.

Para el ejercicio de sus competencias la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales se estructura en los siguientes centros directivos con nivel orgánico de Dirección General:

Secretaría General Técnica

Dirección General de Familia y Acción Social.

Dirección General de Recursos de Servicios Sociales.

Dirección General de Juventud.

Artículo 3 Secretaría General Técnica.

Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:

  1. Servicio de Coordinación Administrativa.

    1.1. Sección de Régimen Interior y de Personal.

    1.2. Sección de Régimen Económico.

    1.3. Sección de Contratación e Inversiones.

    1.4. Sección de Asistencia Jurídica.

    1.5. Área Técnica de Centros y Servicios.

  2. Servicio de Planificación, Evaluación y Ordenación Administrativa.

    2.1. Sección de Investigación y Evaluación.

    2.2. Sección de Control de Estudios y Normativa.

Artículo 4 Dirección General de Familia y Acción Social.

Uno. Integran la Dirección General de Familia y Acción Social las...

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