Decreto 4/2014, de 24 de enero, por el que se modifica el Decreto 8/2013, de 8 de marzo, por el que se establece y regula el precio público por la prestación del servicio analítico de la Enológica de Haro

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda
Rango de LeyDecreto

La Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece que son precios públicos las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios, la realización de actividades o la entrega de bienes, efectuadas en régimen de Derecho Público por la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando, prestándose también dichos servicios, actividades o bienes por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por los administrados.

El Decreto del Gobierno 87/2003, de 18 de julio, establece que la prestación de servicios de laboratorio dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuando su solicitud sea voluntaria, es susceptible de ser retribuida mediante precio público. Así, por Decreto 8/2013, de 8 de marzo, se establece y regula el precio público por la prestación del servicio analítico de la Enológica de Haro (B.O.R. de 13 de marzo de 2013).

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha propuesto la modificación del Anexo del referido Decreto con la finalidad de incluir una nueva determinación individual y fijar un nuevo precio público por la elaboración de informes o estudios.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, a propuesta de la Consejera de Administración Pública y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de enero de 2014, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo Único

Se modifica el Anexo del Decreto 8/2013, de 8 de marzo en el siguiente sentido:

Uno. Incluir en el listado de Determinaciones Individuales

'FTALATOS: DnBP (dibutyl phthalate) BBP (butyl benzyl phthalate) DEHP(bis (2-ethylhexyl) phthalate) DINP(di-isononyl phthalate) DIDP(di-isodecyl phthalate) 100,00'

Dos. Eliminar del listado de Determinaciones Individuales el concepto 'Consulta y asesoramiento'.

Tres. Incluir en el listado de Conceptos Administrativos:

'Elaboración de informes/estudios 40,76 € /hora *

* En el caso de que se necesitaran desplazamientos por motivos de valoración in situ del estado del problema que corresponda a efectos de elaboración de informes, este concepto se liquidará en la factura según la norma aplicable al personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja conjuntamente con la prestación del servicio.'

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La...

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