Decreto 35/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

El Decreto 5/2003, de 7 de julio, ha dispuesto la configuración de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, a partir de la agregación a la Consejería de Turismo y Medio Ambiente de las competencias en materia de urbanismo y minas atribuidas anteriormente a la Consejería de Obras Públicas, Transportes, Urbanismo y Vivienda.

Se hace preciso, por tanto, regular la estructura orgánica básica de esta Consejería con la creación de sus centros directivos.

La estructura parte de la permanencia de la Secretaría General Técnica como elemento de apoyo administrativo propio de una Consejería, incluyendo a continuación los demás órganos, que responden a la importancia otorgada al Turismo como elemento estratégico de la acción de Gobierno, así como al ejercicio de las políticas de Medio Ambiente; a su vez, la incorporación de las competencias en materia de Política Territorial van a permitir, además del propio desarrollo de las atribuciones urbanísticas y de minas, una incidencia mayor de las áreas antes citadas, dotándolas de un carácter más integrador y haciendo posible una mejor planificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En consecuencia, la Consejería cuenta con cinco centros directivos con nivel orgánico de Dirección General: la Secretaría General Técnica, la Dirección General de Turismo, la Dirección General de Medio Natural, la Dirección General de Calidad Ambiental y la Dirección General de Política Territorial.

Por todo ello, el Gobierno a iniciativa de la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial y a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 15 de julio de 2003, acuerda aprobar el siguiente

Decreto

Artículo 1

La Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial es el órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja al que corresponden, dentro del ámbito de competencias que le confieren las disposiciones vigentes, las relativas al Turismo, su ordenación y desarrollo; las relacionadas con la Política de Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja; Urbanismo y Minas, así como cualquier otra afín a las descritas.

Artículo 2

Para el ejercicio de sus competencias, la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial se estructura en los siguientes centros directivos con nivel orgánico de Dirección General:

  1. Secretaría General Técnica

  2. Dirección General de Turismo

  3. Dirección...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR