Decreto 28/1999, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

El Decreto 4/1997 de 24 de enero establece la estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Por este motivo, debido al nuevo marco europeo y el periodo de programación, resulta necesario adaptar la estructura de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural a esta época, potenciando las políticas de desarrollo rural, modernización de explotaciones y reorientación del sistema productivo en materia de infraestructuras.

Por todo ello, el Gobierno a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 21 de julio de 1999, acuerda aprobar el siguiente:

DECRETO

Artículo 1 Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural es el órgano de la administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja al que corresponde, dentro del ámbito de competencia que le confieren las disposiciones vigentes, las políticas del Gobierno en materia de mejora de la calidad de vida de agricultores y ganaderos mediante planes y programas de investigación agrícola, la divulgación de sus resultados, acciones en el mundo rural tendentes a su modernización y mejora, tanto en las áreas de infraestructuras rurales como sanitarias y en todas las vertientes que afectan a la Consejería.

Artículo 2 Estructura

Para el ejercicio de sus competencias la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, se estructura en los siguientes centros directivos con nivel orgánico de Dirección General:

- Secretaría General Técnica

- Dirección General Desarrollo Rural

- Dirección General de Agricultura, Ganadería e Industrias Agroalimentarias.

Depende del Consejero la Unidad de Control de Fondos con carácter de Servicio.

Artículo 3 Secretaría General Técnica

Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:

  1. Servicio de Coordinación

    1.1. Sección de Ingresos

    1.2. Sección de Estadística

    1.3. Sección de Registros

  2. Servicio de Control y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR