Decreto 29/2003, de 15 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Administraciones Publicas y Política Local

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

La aprobación mediante Decreto del Presidente 5/2003, de 7 de julio, por el que se modifica el número, denominación, y competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, hace necesaria la modificación del Decreto 46/2002, de 5 de septiembre por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones públicas.

Por ello el Gobierno, a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, y previa deliberación de sus miembros, en su reunión de 15 de julio de 2003, acuerda aprobar el siguiente

Decreto

Artículo 1

La Consejería de Administraciones Públicas y Política Local es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al que corresponde las competencia en materia de Telecomunicaciones; Tecnologías de la Información y Sociedad del Conocimiento, Organización y Funcionamiento de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja; Calidad, Función Pública, Administración Local y proceso de descentralización administrativa en las entidades locales, Asistencia Jurídica al Gobierno de La Rioja, Protección Civil, Política interior, espectáculos y relaciones con la Administración de Justicia, así como cualquier otra afín a las descritas que se le atribuyan por las disposiciones normativas.

Articulo 2

La Consejería de Administraciones Públicas y Política Local se estructura en los siguientes centros directivos con nivel orgánico de Dirección General:

- Secretaría General Técnica

- Dirección General de la Función Pública

- Dirección General de Política Local

- Dirección General de los Servicios Jurídicos

- Dirección General de Justicia e Interior

Artículo 3

Integran la Secretaría General Técnica los siguientes órganos y unidades administrativas

1.1.1. Área de Planificación, Evaluación y Ordenación Admi-nistrativa

1.1.1.1. Sección de Estudios, Documentación y Normativa

1.2. Servicio de Coordinación Administrativa

1.2.1.1. Sección de Régimen Interior y Registro

1.2.1.1.1. Negociado de Régimen Interior

1.2.1.2. Sección de Gestión Administrativa y Presupuestaria.

1.2.1.2.1. Negociado de Gestión Presupuestaria.

1.2.1.3. Sección de Archivos

1.2.1.3.1. Negociado de Archivo General

1.2.1.4. Sección de Publicaciones y Documentación

1.3. Inspección General de los Servicios, con rango orgánico de servicio.

1.4. Servicio de Atención al ciudadano.

1.4.1.1. Oficina de atención al ciudadano, con nivel orgánico de sección.

  1. Subdirección General de Participación Ciudadana y Calidad de los Servicios.

2.1. Servicio de Organización, Calidad y Evaluación.

2.2. Servicio de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.

2.2.1.1. Sección de Ordenación de las Telecomunicaciones

Artículo 4

Integran la Dirección General de la Función Pública las siguientes unidades administrativas:

  1. Subdirección de Negociación Colectiva

    1.1.1.1. Sección de Negociación Colectiva

    1.1.1.1.1. Negociado de Relaciones Sindicales.

  2. Servicio de Planificación y Ordenación de la Función Pública

    2.1. Área de Programación de Efectivos, de la que depende el...

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