Orden 29/2004, de 16 de julio, por la que se aprueba el Reglamento Técnico Específico del cultivo de patata en el ámbito de la marca de garantía 'Producción Integrada de La Rioja'

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Agricultura y Desarrollo EconoMico
Rango de LeyOrden

Por Decreto 53/2001, de 21 de diciembre, se regula la producción integrada en productos agrarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Por Órdenes 1/2002, 2/2002, 3/2002 y 4/2002, de 13 de febrero, se aprueban:

  1. - El Reglamento de Uso de la Marca de Garantía.

  2. - El procedimiento de inscripción en los registros.

  3. - El procedimiento de concesión de autorizaciones.

  4. - El sistema de control y certificación.

Por Orden 33/2002, de 4 de septiembre, se aprueba el Reglamento Técnico Específico del Cultivo de Patata, en el ámbito de la marca de garantía "Producción Integrada".

Tras la puesta en funcionamiento de este Reglamento Técnico, se ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar algunas modificaciones en el mismo.

En consecuencia, enuso de las atribuciones conferidas, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del mencionado Decreto 53/2001,

Dispongo:

Artículo 1 Aprobar el siguiente Reglamento Técnico Específico:

- Patata

El texto completo de este Reglamento Técnico, junto con todos sus cuadros, se adjunta como anexo a esta Orden.

Disposición Derogatoria Única

Queda derogada la Orden 33/2002, de 4 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se aprueba el Reglamento Técnico Específico del Cultivo de Patata, en el ámbito de la marca de garantía "Producción Integrada de La Rioja".

Disposición Final Única

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Logroño, 16 dejulio de 2004.- El Consejero, Javier Erro Urrutia

Normas Técnicas de Producción Integrada

Patata

Normativa Específica de Producción Integrada en Patata

Práctica: Cultivos precedentes

Obligatorias: Realizar la rotación con barbechos u otros cultivos que no sean solanáceas con una frecuencia mínima de una plantación de patatas cada tres ciclos (un ciclo se considera la realización de un cultivo o barbecho de una duración máxima de un año).

Prohibidas: Remolacha delante de patata.

Recomendadas: Evitar cultivos plurianuales durante la rotación. Una rotación amplia, con un cultivo de patatas como mucho una vez cada cuatro ciclos.

Práctica: Características del suelo

Obligatorias

Prohibidas

Recomendadas: Una profundidad útil mayor de 60 cm. Muy buen drenaje para evitar problemas de asfixia radicular. Texturas francas y franco-arenosas. Valores de pH entre 6,5 y 8.

Respecto a la salinidad, valores de C.E. 3 dS/m. El riego a manta en parcelas con nivelación deficiente o problemas de drenaje afin de evitar escorrentías o encharcamientos.

Recomendadas: Mantener el estado hídrico del terreno, a ser posible mediante balance hídrico con datos de Eto de estaciones meteorológicas próximas y coeficiente Kc, o con la...

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