Orden de la Consejería de Administración Pública y Hacienda 11/2012, de 13 de agosto, por la que se dictan las Normas para la Elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2013

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Disposición Transitoria Primera de la Ley 6/2011, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2012, autoriza a la Consejería de Administración Pública y Hacienda a regular mediante Orden el procedimiento y criterios de elaboración de los presupuestos para el año 2013, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Además, la elaboración de los Presupuestos deberá ajustarse a la nueva normativa en materia de estabilidad presupuestaria recogida en el artículo 135 de la CE y la reciente Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, que desarrolla dicho artículo.

El escenario económico en el que se encuadra la elaboración de los Presupuestos para 2013, continúa siendo muy conflictivo, marcado por la grave crisis financiera y económica que atraviesa Europa, agravado en España por el significativo deterioro de las finanzas públicas y la importante tasa de desempleo.

Es fundamental recuperar la senda del crecimiento económico, para ello es necesario cumplir con el objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, de conformidad con la normativa nacional y europea aplicable

En definitiva, es necesario que el sector público se oriente a la consecución del reequilibrio presupuestario y financiero para dotar de credibilidad a las cuentas públicas y lograr su sostenibilidad, condición indispensable para garantizar el mantenimiento y mejora de los servicios públicos, así como para promover las condiciones idóneas que permitan un crecimiento sostenible.

Los Presupuestos de La Rioja para el ejercicio 2013 reflejarán el compromiso firme del Gobierno riojano con el proceso de consolidación fiscal y control del gasto público, según quedó recogido en el titulo VII de la Ley 6/2011, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2012.

En consecuencia las políticas fiscales continuarán las medidas de austeridad y contención del gasto favoreciendo que los recursos promuevan una reactivación de la economía y la creación de empleo.

En esta línea, es necesario que cada entidad pública en la elaboración de sus presupuestos revise sus programas de gasto y, en base a criterios de eficacia y eficiencia, priorice aquellos que aporten mayor valor añadido desde el punto de vista económico y social.

En su virtud, y en base a la habilitación que me confiere la Disposición Transitoria Primera de la Ley 6/2011, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2012,

Dispongo

Artículo 1 Criterios generales de presupuestación.

La elaboración del Presupuesto atenderá a los siguientes criterios presupuestarios:

  1. Adecuar el Presupuesto al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, según lo dispuesto en la normativa aplicable.

  2. Ajustar la evolución de los gastos en coherencia con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos.

  3. Adecuar la estructura administrativa a las necesidades reales, promoviendo mayor eficiencia y eficacia en su gestión.

  4. Controlar las actuaciones que cuenten con financiación externa, total o parcial, para cumplir con los compromisos de cofinanciación, y teniendo en cuenta en todo caso sus posibilidades efectivas de ejecución.

Artículo 2 Ámbito de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR