Resolución por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de Mejora puntual en la carretera LR-390.Valdemadera

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejerÍA de Obras PÚBlicas, PolÍTica Local y Territorial
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 7 de febrero de 2012, el Consejero de Obras Públicas, Política Local y Territorial dictó Resolución por la que se aprobó el proyecto técnico de obras de Mejora puntual en la carretera LR-390. Valdemadera.

Segundo.- El proyecto comprende la definición del trazado, y la determinación de los bienes y derechos que se estima necesario ocupar o adquirir para la construcción, defensa o servicio de aquellas y la seguridad de la circulación, y que se recogen en la relación concreta e individualiza que consta en el anejo a la memoria del proyecto aprobado.

Tercero.- La relación de bienes y derechos, cuya ocupación es necesaria para la ejecución de las obras, ha sido actualizada por los facultativos de la Sección de Asistencia Técnica y Expropiaciones, una vez consultados los datos existentes en la Gerencia Regional del Catastro de La Rioja.

Fundamentos de derecho

Primero.- El proyecto cumple los requisitos exigidos en el artículo 9.3 de la Ley 2/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Segundo.- La resolución de aprobación del Consejero de Obras Públicas, Política Local y Territorial, de fecha 7 de febrero de 2012, declara implícitas la utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes y derechos correspondientes a los fines de expropiación forzosa, ocupación temporal o imposición o modificación de servidumbres, declaración referida también a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y posteriores modificaciones de obras que puedan aprobarse, por aplicación de los artículos 10 y 17.2 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, artículo 9 de la Ley 2/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Disposición Adicional Sexta de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero.- En virtud de lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, es necesario someter la relación de bienes y derechos a un trámite de información pública durante un plazo de 15 días. Asimismo, el artículo 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, dispone que cualquier persona podrá formular alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación.

Cuarto.- El artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la inserción en el Boletín Oficial de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR