Acuerdo definitivo de imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación parcial de las obras de: 'Pavimentación calle de San Martín'

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorAyuntamiento de Cordovin
Rango de LeyAcuerdo

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de julio de 1995, acordó provisionalmente la imposición y ordenación de las contribuciones especiales para financiar las obras de "Pavimentación calle de San Martín de Cordovín".

El referido acuerdo, junto con la Ordenanza Fiscal adjunta, han permanecido expuestos al público durante treinta días hábiles, previa publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento e inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja n 97, de 5 de agosto de 1995, y no habiéndose presentado dentro de dicho plazo reclamación alguna, quedan elevados a definitivos de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre.

En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 17.4 de la citada Ley 39/1988, de 28 de diciembre, a continuación se insertan los textos íntegros de la parte dispositiva del acuerdo adoptado y de la Ordenanza Fiscal aprobada.

Contra dicho acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja en la forma establecida en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

  1. Texto íntegro de la parte dispositiva del acuerdo.

  2. Texto íntegro de la Ordenanza Fiscal.

En Cordovín, a 7 de noviembre de 1995.- El Alcalde.

PARTE DISPOSITIVA DEL ACUERDO DE IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES PARA LA FINANCIACIÓN PARCIAL DE LAS OBRAS DE PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE SAN MARTÍN DE CORDOVÍN

"La Corporación Municipal, por unanimidad de los Sera. Asistentes, el total de los miembros que la integra legalmente, y por tanto con el quórum exigido por el artículo 43.3.h), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, acuerda:

Primero.- Imponer contribuciones especiales para la financiación de las obras de Pavimentación Calle San Martín, conforme al proyecto técnico mencionado, cuyo establecimiento y exigencia se legitima por el aumento de valor de los inmuebles comprendidos en el área beneficiada.

Segundo.- Ordenar las referidas contribuciones y, en consecuencia, aprobar con carácter provisional la Ordenanza Fiscal reguladora de las mismas, de la que se destaca, entre otros aspectos:

- Coste previsto: 5.610.614 pesetas.

- Subvención...

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