Decreto del Presidente 16/2010, de 31 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 5/2007, de 2 de julio

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

Con el inicio de la VII Legislatura, por decreto del Presidente, se asignaron competencias a la diversas consejerías de esta administración.

Con fecha 28 de diciembre de 2010 la Comisión Mixta de Transferencias ha adoptado el Acuerdo por el que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Por todo ello, de conformidad con las atribuciones que me confiere el apartado segundo del artículo 24 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, el artículo 14 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros y el artículo 5 de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Dispongo

Artículo Único El artículo 1 del Decreto 5/2007, de 2 de julio, de modificación del número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja, queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1. Consejería de Administraciones Públicas y Política Local: A esta Consejería le corresponden las competencias en materia de Telecomunicaciones; Tecnologías de la Información y Sociedad del Conocimiento...

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