Decreto

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorAyuntamiento de Santander
Rango de LeyDecreto

Habiendo sido imposible practicar la notificación de Resolución dictada en fecha 2 junio de 2009 a D. Jean Pierre Kionde Mbambi, Expte. 162/09, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procédase a practicar la notificación por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Logroño y en el Boletín Oficial de la Rioja citada resolución que a continuación se transcribe:

Resolución

Vista la denuncia de fecha 01/05/2009, formuladas por los Agentes núms. 236 y 276 de la Policía Local, contra D. Jean Pierre Kionde Mbambi DNI. X-2702515-S, por tocar instrumento musical (una trompeta) en la vía pública, s/n permiso municipal, y considerando,

Primero.- que la actividad indicada de se encuentra tipificado en el Art. Art 13 ; Música en la calle de la Ordenanza Municipal sobre Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales

Segundo.- que los hechos mencionados pueden ser constitutivos de una infracción leve, de conformidad con lo establecido en el Art. 22 de la Ordenanza Municipal sobre Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales, para lo que se prevé una sanción de multa de hasta 750 euros., a tenor de lo establecido en el Art. 23.1 de la Ordenanza mencionada. Significarle que, según establece citado artículo "las sanciones podrán hacerse efectivas antes de que se dicte Resolución del expediente sancionador, en cuyo caso se aplicará una reducción del 50 % sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado en la notificación de dicha denuncia por el instructor del expediente.

Por lo expuesto, la Concejalía Delegada, en uso de las facultades delegadas por la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, resuelve:

Primero- Acordar la incoación de...

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