Decreto 44/2018, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2018

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Los artículos 18 y 19 de la Ley 3/1990, de 29[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico] de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el artículo 70.2.r) de la Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud, el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 13 del Acuerdo y Convenio Colectivo 2008/2011 para el personal funcionario y laboral, respectivamente, de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y el artículo 10 del Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud, establecen el marco legal de la oferta de empleo público.

A su vez, el artículo 52 de la Ley 1/2018, de 30 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2018, delimita las incorporaciones de nuevos efectivos en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el año 2018, con sujeción a los límites y requisitos establecidos en la normativa básica establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Esta limitación se ve exceptuada en determinados sectores y administraciones, relacionados en el artículo 19.Uno.2 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en los que la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 100 por ciento. En los sectores y administraciones no recogidos en el citado apartado, la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 75 por ciento. En concreto, y en atención a dicha posibilidad, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Rioja acuerda aprobar para el año 2018 la Oferta de Empleo Público para el acceso a los Cuerpos y Categorías de los sectores relacionados en el anexo del presente decreto.

Asimismo la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece el procedimiento de cálculo de tasa de reposición de efectivos indicadas anteriormente, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, no computando las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.

Además de lo establecido en el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluye las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017 en los siguientes sectores y colectivos: personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos.

El Decreto 6/2018, de 5 de abril, procedió a aprobar Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a personal docente no universitario y personal estatutario del Servicio Riojano de Salud, que incluía 38 plazas de personal docente no universitario y 378 plazas para el Organismo Autónomo Servicio Riojano de Salud.

Estas plazas no agotaron la totalidad de las plazas identificadas en el mencionado decreto, 379 plazas correspondientes a personal docente no universitario y un total de 471 plazas correspondientes a personal del Organismo Autónomo Servicio Riojano de Salud, que por cumplir los requisitos previstos en el citado artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, eran susceptibles de ser incluidas en sucesivas Ofertas de Empleo Público. En este sentido en el presente decreto se incluyen 227 nuevas plazas correspondientes a personal docente no universitario que cumplen los requisitos exigidos en el citado artículo 19.Uno.6, sin superar en ningún caso la totalidad de las plazas que ya fueron identificadas.

De otro modo, el apartado octavo del artículo 52 de la Ley 1/2018, de 30 de enero, establece que la Oferta de Empleo Público de los sectores señalados en el apartado 3 del citado artículo, que corresponda a la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Rioja, sus organismos públicos y demás entes públicos se aprobará por el Gobierno de la Rioja, a iniciativa de los órganos competentes y a propuesta de la Consejería competente en materia de Administración Pública y Hacienda, pudiendo, al efecto, proponerse la acumulación de las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición correspondiente a cada sector, en aquellos Cuerpos y Escalas cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Durante el año 2018 no se procederá a la contratación de personal temporal ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

En cualquier caso, las plazas correspondientes a los nombramientos a que se refieren los artículos 10.1.a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 9.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal de los Servicios de Salud y contrataciones de personal interino por vacante computarán a efectos de cumplir el límite máximo de la tasa de reposición de efectivos en la Oferta de Empleo Público correspondiente al mismo año...

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