Decreto 2914/2020, de 17 de diciembre, de modificación de competencias en la Junta de Gobierno Local

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorAyuntamiento de Calahorra
Rango de LeyDecreto

Visto el decreto número 1373, de 21 de junio de 2019, de nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local y competencias Delegadas que ostenta la Alcaldía a favor de la Junta de Gobierno Local, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 77, de 28 de junio de 2019.

Visto el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Visto el Decreto número 514, de 16 de marzo de 2020, de avocación de competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local durante la vigencia de la Disposición Adicional Tercera delReal Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Visto el Decreto número 799, de 8 de mayo de 2020, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calahorra.

Visto lo dispuesto en el art. 7.2. del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud, estimando la conveniencia de que se mantenga la competencia para la aprobación del Plan de Seguridad y Salud en el trabajo de los contratos administrativos de obras en la Alcaldía, por medio de Decreto, trámite que hasta el momento no estaba siendo realizado formalmente.

Visto el informe-propuesta emitido por la Sra. Secretaria General.

Vista la legislación citada, y demás de general y pertinente aplicación, la Alcaldía-Presidencia en uso de las atribuciones que la vigente legislación le confiere,

RESUELVE

Primero. Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:

  1. - La concesión de licencias en general, excepto las licencias de obras menores y las de apertura que sean procedentes en actividades no sujetas a la legislación ambiental y salvo que las Ordenanzas o las Leyes sectoriales le atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.

  2. - La concesión de licencias ambientales conforme a la Ley 6/2017 de 8 de mayo y el Decreto 29/2018, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del Título I 'Intervención Administrativa' de la Ley 6/2017 de Protección de Medio Ambiente de La Rioja.

  3. - La concesión de licencias o autorizaciones para la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio publico cuando fueren procedentes de acuerdo con la legislación patrimonial aplicable, salvo las licencias de ocupación...

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