Decreto 27/2016, de 3 de junio, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Junio de 2016
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda
Rango de LeyDecreto

El Decreto del Presidente 6/2015, de 10 de julio, modificó el número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de Comunidad Autónoma de La Rioja. Esta norma separó las competencias de salud y servicios sociales, y para ello creó dos consejerías: la Consejería de Salud, y la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia.

El Decreto 24/2015, de 21 de julio, estableció la estructura orgánica y definió las funciones de la nueva Consejería de Salud, una vez que las competencias en materia de servicios sociales fueron atribuidas a otra consejería igualmente de nueva creación.

El tiempo que ha transcurrido desde entonces ha permitido apreciar la necesidad de asignar nuevas funciones a la Secretaría General Técnica, reordenar algunas unidades administrativas y, al propio tiempo, acomodar su denominación a las funciones que realmente tienen encomendadas.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Salud, a propuesta del Consejero de Administración Pública y Hacienda y previa deliberación de sus miembros, el Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 3 de junio de 2016 acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo único Modificación del Decreto 24/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Decreto 24/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, queda modificado como sigue:

Uno. El artículo 4 queda redactado del siguiente modo:

'Artículo 4. Secretaría General Técnica.

Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:

  1. Servicio de Coordinación, Contratación y Personal

    1.1. Sección de Personal

    1.2. Sección de Régimen Interior

    1.3. Sección de Contratación e...

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