Orden 12/2007, de 19 de marzo, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico, por la que se modifica la Orden 11/2006, de 30 de junio, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico por la que se regulan y convocan las ayudas comunitarias por superficie con carácter anual a determinados cultivos herbáceos, al sector ganadero,...

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Agricultura y Desarrollo EconoMico
Rango de LeyOrden

La Orden 11/2006, de 30 de junio, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico por la que se regulan y convocan las ayudas comunitarias por superficie con carácter anual a determinados cultivos herbáceos, al sector ganadero, pago único por explotación, ayudas a la indemnización, compensatoria en zonas desfavorecidas, agroambientales y a la declaración de superficies forrajeras, así como otras solicitudes y declaraciones previstas en el Reglamento (CE) 1782/2003, de 29 de septiembre, así como por la que se establecen para la campaña 2006 las condiciones de presentación de alegaciones al Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas, reguladas mediante la Orden 40/2004, de 20 de diciembre, fue dictada conforme a lo que se establecían en los Reales Decretos 1617/2005, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión de los derechos a los agricultores dentro del régimen de pago único y 1618/2005, de 30 de diciembre, sobre la aplicación del régimen de pago único, y otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y la ganadería.

Con posterioridad a la publicación de la Orden 11/2006, de 30 de junio, como a la de los Reales Decretos antes mencionados, se ha producido una modificación de las normas comunitarias que regulan las ayudas recogidas y reguladas por esta normativa nacional, principalmente por el Reglamento (CE) no 660/2006 de la Comisión, de 27 de abril de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 1973/2004 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo en lo que respecta a los regímenes de ayuda previstos en los títulos IV y IV bis de dicho Reglamento y a la utilización de las tierras retiradas de la producción con vistas a la obtención de materias primas, el Reglamento (CE) no 952/2006 de la Comisión, de 29 de junio de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 318/2006 del Consejo en lo referente a la gestión del mercado interior del azúcar y al régimen de cuotas, el Reglamento (CE) no 1134/2006 de la Comisión, de 25 de julio de 2006, que modifica y corrige el Reglamento (CE) no 795/2004 que establece disposiciones de aplicación del régimen de pago único previsto en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, el Reglamento (CE) no 1250/2006 de la Comisión, de 18 de agosto de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 1973/2004 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo en lo que respecta a los regímenes de ayuda previstos en los títulos IV y IV bis de dicho Reglamento y a la utilización de las tierras retiradas de la producción con vistas a la obtención de materias primas y el Reglamento (CE) no 1291/2006 de la Comisión, de 30 de agosto de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 795/2004, que establece disposiciones de aplicación del régimen de pago único previsto en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo.

En base a las modificaciones introducidas en la normativa comunitaria, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el Real Decreto 1582/2006, de 22 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión de derechos a los agricultores dentro del régimen de pago único y el Real Decreto 1618/2005, de 30 de diciembre, sobre aplicación del régimen de pago único y otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y a la ganadería. Para tener en cuenta estas modificaciones se hace necesario modificar a su vez la Orden 11/2006, de 30 de junio.

Por otro lado, y con relación a las ayudas ligadas a los Programas de Desarrollo Rural que sesolicitan a través de la presentación de la solicitud única, es preciso introducir determinadas modificaciones en virtud de los cambios previstos en el Reglamento 1698/2005 del Consejo.

Con objeto de introducir en la Orden 11/2006, de 30 de junio, aquellas modificaciones que se han producido tanto en la normativa comunitaria como nacional, desde la publicación de aquella, se considera conveniente la publicación de la presente orden.

En virtud de mi cargo y en consecuencia a lo anterior, dispongo:

Artículo único

La Orden 11/2006, de 30 de junio, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico por la que se regulan y convocan las ayudas comunitarias por superficie con carácter anual a determinados cultivos herbáceos, al sector ganadero, pago único por explotación, ayudas a la indemnización, compensatoria en zonas desfavorecidas, agroambientales y a la declaración de superficies forrajeras, así como otras solicitudes y declaraciones previstas en el Reglamento (CE) 1782/2003, de 29 de septiembre, así como por la que se establecen para la campaña 2006 las condiciones de presentación de alegaciones al Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas, reguladas mediante la Orden 40/2004, de 20 de diciembre, queda modificada como sigue:

Uno. En el artículo 1, el apartado A) del punto 1, se añade un punto 4 con el siguiente texto:

  1. La cesión de derechos de pago único por explotación, según se establece en Capítulo IV del Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, modificado por el Real Decreto 1582/2006, de 22 de diciembre.

    Dos. En el artículo 1, el apartado D) del punto 1, se realizan las siguientes modificaciones:

    Se añade los apartados 22, 23 y 24, con el siguiente texto:

  2. Para la campaña 2007, la ayuda de indemnización...

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