Resolución de 5 de octubre de 2011, del Presidente del Servicio Riojano de Empleo, por la que se aprueba el gasto y convocan de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva al programa de fomento de la Economía Social, para el año 2011 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden de 30 de marzo de 2007, de la Consejería de Hacienda y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorServicio Riojano de Empleo
Rango de LeyResolución

La creación del Servicio Riojano de Empleo, por Ley 2/2003, de 3 de marzo, atribuye a este organismo las competencias de gestión de las Políticas Activas de Empleo, en este marco se aprobó la Orden de 30 de marzo de 2007, de la Consejería de Hacienda y Empleo, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas al programa de fomento de la Economía Social en la Comunidad Autónoma de La Rioja., modificada por Orden nº 25/2011 de 14 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo.

El artículo 18 de la citada Orden dispone que la convocatoria para la presentación de solicitudes para la obtención de las subvenciones previstas en esta Orden se efectuará mediante Resolución del Presidente del Servicio Riojano de Empleo, publicada en el Boletín Oficial de la Rioja, la cual indicará la disposición que contiene las bases reguladoras y el plazo de presentación de solicitudes.

Resuelvo:

Primero.- Aprobar el gasto para hacer frente a la convocatoria de distintas líneas de ayudas al programa de fomento de la Economía Social, para el año 2011 en el ámbito de la ComunidadAutónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden de 30 de marzo de 2007, de la Consejería de Hacienda y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas, modificada por la Orden nº 25/2011 de 14 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se modifica la Orden de 30 de marzo de 2007, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo (BOR nº 122 de 23 de septiembre), por el importe y con cargo a cada una de las partidas del Presupuesto de Gastos del Servicio Riojano de Empleo para el ejercicio 2011 que se detallan a continuación:

-Programa de Apoyo a cooperativas y sociedades laborales (Capítulo III de la Orden) por un importe de cincuenta y siete euros (153.257, 00euros) por las siguientes actuaciones y con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

a) Actuación de incorporación de socios trabajadores o de trabajo en empresas de economía social:
Partida Presupuestaria Descripción Crédito
1601.3221.470.08 Ayudas estatales a la creación de empleo en cooperativas 133.257,00 euros
b) Actuación de incorporación de Asistencia Técnica:
Partida Presupuestaria Descripción Crédito
1601.3221.470.06 Ayudas estatales a la creación de empleo en cooperativas 20.000,00 euros

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 ter. del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en la Comunidad Autónoma de La Rioja, la presente distribución tendrá carácter estimado, procediéndose a la distribución concreta en la resolución de concesión.

Segundo.- Autorizar la expedición de la documentación contable necesaria.

Tercero.- Aprobar la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva al programa de fomento de la Economía Social, para el año 2011 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden de 30 de marzo de 2007, de la Consejería de Hacienda y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas (BOR nº 45 de 7 de abril), modificado por Orden, para las siguientes actuaciones:

- Incorporación de socios de trabajadores o de trabajo en empresas de economía social (Capítulo III artículo 5 apartado a) de la Orden)

- Asistencia técnica (Capítulo III artículo 5 apartado d) de la Orden)

Cuarto.- Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria, las Cooperativas de Trabajo Asociado, las Cooperativas de Integración Social sin ánimo de lucro, las Sociedades Laborales y los beneficiarios previstos en el artículo 3 de la Orden de 30 de marzo de 2007, de la Consejería de Hacienda y Empleo, por la que...

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