Orden 4/2004, de 17 de junio, de la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones al transporte público regular permanente de viajeros de uso general como compensación a las reducciones tarifarias que se establecen a los alumnos de ciclo formativo Grado Medio y Superior...

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Vivienda, Obras puBlicas y Transportes
Rango de LeyOrden

La Dirección General de Transportes del Gobierno de La Rioja, tiene entre sus objetivos prioritarios la consecución de una red de comunicaciones moderna y de calidad que sea capaz de satisfacer aquellas necesidades de movilidad que tienen su existencia como resultado de la actividad de las correspondientes relaciones socio-económicas, siendo de gran importancia dar cumplimiento a las necesidades de movilidad del colectivo de estudiantes y universitarios, paliando en la medida de lo posible, el coste económico que tienen que soportar las familias que tienen en su seno población estudiantil.

Por todo ello, con esta Orden, se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, según el cual la Administración, cuando existan motivos sociales que lo justifiquen, podrá imponer a las empresas titulares de servicios regulares de viajeros obligaciones de servicio público, ya consistan las mismas en reducciones o bonificaciones tarifarias, debiendo compensar a las empresas del coste de la obligación impuesta.

En virtud de las competencias y funciones transferidas en el Real Decreto 414/1989, de 21 de abril (B.O.E. núm. 101, de 28 de abril) y asumidas por la Comunidad Autónoma de La Rioja en virtud del Decreto 26/1989 de 12 de mayo (B.O.R. núm. 59, de 18 de mayo), se dicta la siguiente

Orden

Artículo 1 Objeto.

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases para el otorgamiento de subvenciones a las empresas o concesionarios de servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general en compensación de las reducciones tarifarias que establezcan en base a la presente Orden a los alumnos de Ciclo Formativo Grado Medio y Superiory Modalidades de Bachillerato LOGSE, así como el procedimiento para la obtención del correspondiente carné de transporte para estos alumnos.

A tal fin, se establece que todos los alumnos de Ciclo formativo Grado Medio y Superior y Modalidades de Bachillerato LOGSE que tengan su lugar de residencia en la Comunidad Autónoma de La Rioja, mediante la presentación de un carné habilitado al efecto por la Dirección General de Transportes, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 3, disfrutarán de la reducción tarifaria del cincuenta por ciento (50%) en la suma del precio del billete de ida más el precio del billete de vuelta, en los viajes que se realicen en líneas regulares interurbanas o en aquellas otras que organicen al efecto la Dirección General de Transportes y las empresas concesionarias correspondientes, cuando se cuente con un mínimo de 25 solicitudes de carnés en firme el día 15 de octubre de cada año de inicio del curso lectivo, siempre y cuando que el origen y el destino de los mismos estén comprendidos en el ámbito territorial de La Rioja y tengan lugar durante los días del curso lectivo. Excepcionalmente, siempre que la empresa concesionaria esté de acuerdo, podrá otorgarse carné de transporte a aquellosalumnos residentes en La Rioja que, cumpliendo el resto de los requisitos, deban desplazarse a Centros de otras provincias limítrofes, por ubicarse más próximos que los de un municipio riojano a su localidad de empadronamiento, siempre y cuando no dispongan de centro docente adecuado al nivel de estudios que deben cursar en la localidad donde tengan fijado su domicilio familiar.

En aquellas expediciones diferenciadas de las ordinarias en las que se presten servicios complementarios no previstosen la estructura tarifaria de la concesión, la reducción tarifaria corresponderá a lo subvencionado a la empresa concesionaria de acuerdo...

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