Orden 7/2002, de 25 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes por la que se regula el procedimiento de concesión de ayudas para Estudios Científicos de Temática Riojana del Instituto de Estudios Riojanos
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes |
Rango de Ley | Orden |
La Constitución Española en su artículo 44.2 y el Estatuto de Autonomía de La Rioja en su artículo 8.1.24 establecen que los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación.
El Instituto de Estudios Riojanos tiene por objeto fomentar, coordinar y difundir la cultura e investigación sobre temas riojanos conforme al artículo 1º del Decreto 27/1984, de 19 de julio, por el que se regula su estructura orgánica y funcionamiento.
En virtud de lo anterior y teniendo en cuenta, por otro lado, la vigencia del I Plan Riojano de Investigación y Desarrollo Tecnológico, se hace necesario dar continuidad a las actuaciones anteriores en materia de investigación para potenciar el desarrollo socioeconómico, científico y cultural de La Rioja, en cumplimiento, a su vez, de lo establecido en la Ley 3/1998, de 16 de marzo, de Investigación y Desarrollo Tecnológico de La Rioja y el Decreto 61/1998, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla aquella.
Estas Ayudas forman parte de las acciones previstas en el Programa Horizontal de Fomento General de la Investigación del I Plan Riojano de Investigación y Desarrollo Tecnológico y constituyen un elemento fundamental para incrementar a medio plazo el potencial investigador de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
En su virtud, en uso de las atribuciones que me confiere la vigente legislación, dispongo:
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Constituye el objeto de la subvención, la ayuda a la investigación para la realización de estudios referidos a la investigación científica, humanística y sociológica propia de las diferentes Áreas del Instituto de Estudios Riojanos, mediante la financiación de los gastos corrientes que se deriven de los citados estudios.
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A este fin, la Resolución anual de convocatoria podrá distinguir entre:
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Ayudas a postgraduados.
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Ayudas a investigadores profesionales.
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Ayudas a equipos de investigación.
Los solicitantes, así como todos los miembros del equipo investigador, deberán reunir los siguientes requisitos:
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Ser español o extranjero residente en España. En este último caso deberán aportar certificado de empadronamiento en algún Municipio español.
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Ser Doctor, Licenciado o Técnico Superior.
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Estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el Registro de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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Dentro de las previsiones presupuestarias, el Consejero de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, efectuará, mediante Resolución, la convocatoria anual de Ayudas, determinando la apertura del correspondiente plazo de presentación de solicitudes que, en ningún caso, podrá ser inferior a un mes.
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Quienes estén interesados en la obtención de las ayudas convocadas, y reúnan los requisitos fijados en las presente Orden, deberán presentar su solicitud ajustada al modelo oficial que se incluye como anexo I.
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Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes (c/ Portales,2, Logroño); en el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (c/ Capitán Cortés, 1, Logroño); o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicos de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común .
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Quienes deseen obtener la Ayuda económica regulada en la presentes Orden, deberán aportar la siguiente documentación:
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Instancia según modelo oficial, que será facilitada en la Secretaría del I.E.R.
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Fotocopia del D.N.I. del solicitante y, en su caso, de todos los miembros del equipo investigador.
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Título de Licenciado o Técnico Superior y Certificado académico personal o fotocopia compulsada de ambos documentos extendida por el mismo ente expedidor o funcionario del Instituto de Estudios Riojanos, referidos a cada solicitante y, en su caso, a cada uno de los miembros del equipo de investigación. Para solicitar ayudas a investigadores profesionales, se presumirá la profesionalidad de cuantos presenten el Título de Doctor original o en fotocopia compulsada, en cuyo caso quedarán eximidos de la obligación de presentar el de Licenciado y la Certificación Académica personal. Cuando el solicitante fuera extranjero, deberá aportar, en...
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