Orden 7/2002, de 25 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes por la que se regula el procedimiento de concesión de ayudas para Estudios Científicos de Temática Riojana del Instituto de Estudios Riojanos

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes
Rango de LeyOrden

La Constitución Española en su artículo 44.2 y el Estatuto de Autonomía de La Rioja en su artículo 8.1.24 establecen que los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación.

El Instituto de Estudios Riojanos tiene por objeto fomentar, coordinar y difundir la cultura e investigación sobre temas riojanos conforme al artículo 1º del Decreto 27/1984, de 19 de julio, por el que se regula su estructura orgánica y funcionamiento.

En virtud de lo anterior y teniendo en cuenta, por otro lado, la vigencia del I Plan Riojano de Investigación y Desarrollo Tecnológico, se hace necesario dar continuidad a las actuaciones anteriores en materia de investigación para potenciar el desarrollo socioeconómico, científico y cultural de La Rioja, en cumplimiento, a su vez, de lo establecido en la Ley 3/1998, de 16 de marzo, de Investigación y Desarrollo Tecnológico de La Rioja y el Decreto 61/1998, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla aquella.

Estas Ayudas forman parte de las acciones previstas en el Programa Horizontal de Fomento General de la Investigación del I Plan Riojano de Investigación y Desarrollo Tecnológico y constituyen un elemento fundamental para incrementar a medio plazo el potencial investigador de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me confiere la vigente legislación, dispongo:

Artículo 1º Objeto de la subvención.
  1. Constituye el objeto de la subvención, la ayuda a la investigación para la realización de estudios referidos a la investigación científica, humanística y sociológica propia de las diferentes Áreas del Instituto de Estudios Riojanos, mediante la financiación de los gastos corrientes que se deriven de los citados estudios.

  2. A este fin, la Resolución anual de convocatoria podrá distinguir entre:

  1. Ayudas a postgraduados.

  2. Ayudas a investigadores profesionales.

  3. Ayudas a equipos de investigación.

Artículo 2º Requisitos de los solicitantes.

Los solicitantes, así como todos los miembros del equipo investigador, deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser español o extranjero residente en España. En este último caso deberán aportar certificado de empadronamiento en algún Municipio español.

  2. Ser Doctor, Licenciado o Técnico Superior.

  3. Estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el Registro de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 3º Convocatoria anual, plazo y lugar de presentación de solicitudes.
  1. Dentro de las previsiones presupuestarias, el Consejero de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, efectuará, mediante Resolución, la convocatoria anual de Ayudas, determinando la apertura del correspondiente plazo de presentación de solicitudes que, en ningún caso, podrá ser inferior a un mes.

  2. Quienes estén interesados en la obtención de las ayudas convocadas, y reúnan los requisitos fijados en las presente Orden, deberán presentar su solicitud ajustada al modelo oficial que se incluye como anexo I.

  3. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes (c/ Portales,2, Logroño); en el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (c/ Capitán Cortés, 1, Logroño); o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicos de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común .

Artículo 4º Documentación que debe aportarse.
  1. Quienes deseen obtener la Ayuda económica regulada en la presentes Orden, deberán aportar la siguiente documentación:

  1. Instancia según modelo oficial, que será facilitada en la Secretaría del I.E.R.

  2. Fotocopia del D.N.I. del solicitante y, en su caso, de todos los miembros del equipo investigador.

  3. Título de Licenciado o Técnico Superior y Certificado académico personal o fotocopia compulsada de ambos documentos extendida por el mismo ente expedidor o funcionario del Instituto de Estudios Riojanos, referidos a cada solicitante y, en su caso, a cada uno de los miembros del equipo de investigación. Para solicitar ayudas a investigadores profesionales, se presumirá la profesionalidad de cuantos presenten el Título de Doctor original o en fotocopia compulsada, en cuyo caso quedarán eximidos de la obligación de presentar el de Licenciado y la Certificación Académica personal. Cuando el solicitante fuera extranjero, deberá aportar, en...

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