Decreto 11/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el cambio de titularidad de la carretera LR-252 a favor del Ayuntamiento de Logroño

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Vivienda y Obras púBlicas
Rango de LeyDecreto

El artículo 8.Uno.14 y 15 de la Ley orgánica 3/1982, de 9 de junio por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de La Rioja atribuye a la Comunidad Autónoma de La Rioja la competencia exclusiva en materia de obras públicas de interés para La Rioja en su propio territorio, que no sean de interés general del Estado ni afecten a otra Comunidad Autónoma, así como en materia de carreteras, cuyo itinerario se desarrolle íntegramente dentro del territorio de La Rioja, lo que le habilita para esta regulación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 2/1991 de 7 de marzo de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja se prevé que podrá modificarse la relación y clasificación de las carreteras riojanas por cambio de titularidad de las carreteras existentes en virtud de acuerdo de las administraciones públicas interesadas, aprobado mediante Decreto del Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas.

El artículo 4 de la Ley 25/1988 de 29 de julio de Carreteras del Estado establece que la Red de Carreteras del Estado, podrá modificarse mediante real decreto, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, por cambio de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo con las Administraciones Públicas interesadas.

Por su parte, el artículo 12 del Reglamento General de Carreteras aprobado por el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre aplicable con carácter supletorio a la Comunidad Autónoma de La Rioja, exige la incoación y tramitación del correspondiente expediente por la Dirección General de Carreteras e instruido el expediente, con el acuerdo de las Administraciones interesadas, se elevará por el Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente al Gobierno para su aprobación por Real Decreto y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado. El cambio de titularidad se formalizará mediante acta de entrega suscrita por las Administraciones interesadas, en la que se definirán con precisión los límites del tramo afectado y bienes anejos. El cambio de titularidad no podrá afectar a los itinerarios de interés general.

Al amparo de las citadas previsiones el Ayuntamiento de Logroño mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de julio de 2009 solicito la cesión de la carretera autonómica LR-252.

La Dirección General de Carreteras y Transportes, de acuerdo con el informe favorable emitido por los servicios técnicos competentes, formula propuesta favorable a la transferencia de la titularidad.

La Consejería de Vivienda y Obras Públicas mediante resolución del Consejero de Vivienda y Obras Públicas de fecha 16 de diciembre de 2009 se manifiesta en sentido favorable para la tramitación del expediente de cambio de titularidad, formalizándose entre ambas Administraciones el acuerdo para el cambio de titularidad con fecha 18 de febrero de 2010 con carácter previo a su...

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