Orden 3/2002, de 13 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se establece el procedimiento para la concesión de autorizaciones para la utilización de la marca de garantía "Producción Integrada de La Rioja"

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura Ganaderia y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

Las líneas generales de la Producción Integrada en la Comunidad Autónoma de La Rioja han sido establecidas por el Decreto 53/2.001, de 21 de diciembre sobre productos agrícolas obtenidos por técnicas de Producción Integrada.

El citado Decreto en su artículo 12º - Autorización de la Marca de Garantía- establece de forma general las condiciones y vigencia de las Autorizaciones de uso de la Marca de Garantía y cita en su apartado 3 que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural establecerá el procedimiento para la concesión de autorizaciones. Por medio de la presente Orden se regula el citado procedimiento.

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento para la concesión de autorizaciones para la utilización de la Marca de Garantía "Producción Integrada de La Rioja", a los Productores y Elaboradores inscritos en los Registros de Productores y Elaboradores, respectivamente, de Agricultura de Producción Integrada que lo soliciten, cuando previamente hayan cumplido con lo dispuesto en el Decreto 53/2.001, de 21 de diciembre por el que se regula la Producción Integrada en productos agrarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 2 Solicitud de autorización.
  1. - Las solicitudes de autorización se podrán presentar en cualquiera de las Oficinas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, preferentemente en las Oficinas Centrales (sitas en Avda. de la Paz, 8-10, 26071 Logroño), o por cualquier medio de los establecidos en el artículo 38, apartado 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/99.

  2. - Las solicitudes de autorización se formularán mediante instancia dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y en ellas se incluirán los datos siguientes:

    - Nombre o razón social y domicilio del peticionario.

    -...

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