Orden 91/2002, de 22 de octubre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión por Promociòn Interna de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General (F.18/02)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyOrden

De conformidad con la Disposición Adicional Única y Final Primera del Decreto 20/2002, de 26 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2002 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.2.h) de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Administrativo de Administración General (F.18/02).

Bases de la convocatoria

Base 1.- Normas Generales.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, 4 plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General, pertenecientes al Grupo C de funcionarios.

1.2.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.

1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

1.4.- En la fase de concurso, que no será eliminatoria, se valorarán, conforme a la Base 7, los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, así como el nivel de complemento de destino, y las puntuaciones que en ella se obtengan se sumarán a las de los ejercicios de la fase de oposición para determinar la puntuación y el consiguiente orden final de la correspondiente relación de aprobados. Los puntos obtenidos en la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

1.5.- La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de cien preguntas, como máximo, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será correcta, que versarán sobre el contenido del Programa. La valoración de esta prueba será de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar uno o varios supuestos prácticos dirigidos a apreciar la capacidad de los aspirantes en el manejo del tratamiento de textos Word 97, Hoja de Cálculo Excel 97 y la Base de Datos Access 97. La valoración de esta prueba será de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos desglosados en dos cuestionarios de 20 preguntas, como máximo, cada uno de ellos, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será correcta, dirigidos a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas administrativas, relacionados y no siendo estrictamente coincidentes, con el contenido del Programa. A tal efecto, el Tribunal preparará tres sobres cerrados con dos cuestionarios en cada uno de ellos, para proceder a su sorteo en el momento del examen. La valoración de esta prueba será de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. De seguir existiendo un empate, el orden alfabético de su primer apellido, comenzando por la letra "W", resultante del sorteo recogido en la Base 6.5 de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

Este ejercicio no podrá ser superado por un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

En todos los ejercicios, las puntuaciones que se señalan, resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos fijados por el Tribunal Calificador.

1.6.- La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De seguir existiendo un empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio y de persistir aún el empate, el orden alfabético de su primer apellido, comenzando por la letra "W", resultante del sorteo recogido en la Base 6.5 de esta convocatoria.

1.7.- El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que no deban ser leídos públicamente ante el Tribunal Calificador, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Se excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

1.8.- El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura como Anexo II a esta Orden.

Base 2.- Requisitos de los aspirantes.

2.1.- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser español.

  2. Tener cumplidos dieciocho años de edad.

  3. Estar en posesión de las siguientes titulaciones: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    En las pruebas selectivas se establecerán para las personas disminuidas que lo soliciten, adaptaciones de tiempo y medios para su realización, de forma que gocen en las mismas, de igualdad de oportunidades respecto de los demás aspirantes.

  5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    2.2.- Los aspirantes deberán reunir la condición de funcionarios de carrera de la Comunidad Autónoma de La Rioja, o asumidos o transferidos a la misma, en situación de activo o de servicios especiales y poseer la titulación exigida, y una antigüedad mínima de dos años en el Cuerpo o Escala del Grupo D. Aquellos aspirantes que no posean la titulación exigida deberán poseer una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Grupo D.

    Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, correspondientes al Grupo D, serán computables a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas.

    2.3.- Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

    Base 3.- Solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas presentarán solicitud en el impreso correspondiente, en...

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