Orden 132/2002, de 19 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Ingeniero Técnico Agrícola) (F.07/01)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyOrden

Por Orden 147/2001, 29 de noviembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas (Boletín Oficial de La Rioja n1 144, de 1 de diciembre) fueron convocadas pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Ingeniero Técnico Agrícola).

Vista la propuesta formulada por el Tribunal que determina la Base 8.3 de la citada Orden y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y en la Base 10 de la Orden 147/2001, de 29 de noviembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas.

Por todo ello vengo a disponer :

Primero.- Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Ingeniero Técnico Agrícola), a los aspirantes que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden 147/2001, de 29 de noviembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas y que se relaciona en el Anexo a esta Orden.

Segundo.- La toma de posesión deberán efectuarla ante la Ilma. Sra. Secretaria General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de La Rioja.

Tercero.- Este destino tendrá carácter definitivo equivalente a todos los efectos al obtenido por concurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2. del Decreto 78/91, de 28 de noviembre.

Cuarto.- La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición, ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR