Orden 87/2001, de 28 de agosto, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, por la que se nombran Funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyOrden

Por Orden 53/2001, de 17 de abril de 2001, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes fueron convocadas pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes en el Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.

Vista la propuesta formulada por los distintos Tribunales Calificadores y tal como determina la citada Orden y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, en el Decreto 31/1999, de 21 de julio, por el que se regula el ejercicio de competencias administrativas en desarrollo de la Ley 3/95, de 8 de marzo y en la Orden 53/2001

Vengo a disponer:

Primero.- Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden 53/2001, de 17 de abril de 2001, que se relacionan en el Anexo a esta Orden.

Segundo.- El régimen de los funcionarios en prácticas nombrados será el establecido en la legislación vigente que resulte aplicable y en lo dispuesto en la base 11 de la Orden 53/2001 que convocó las citadas pruebas selectivas y que será de aplicación, a efectos administrativos a partir del 1 de septiembre de 2001 y efectos económicos desdela toma de posesión.

Tercero.- La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo, ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; o bien interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a l de su notificación, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Logroño, a 28 de agosto de 2001.- El Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas (Decreto 12/2001, de 31 de julio de 2001), Luis Torres Sáez-Benito

Anexo Apellidos y Nombre Nº Registro Personal...

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